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ResoluciónNacionalvigente

Recurso de inconstitucionalidad n.º 2533-2018, contra la Ley 2/2018, de 8 de mayo, de modificación de la Ley 13/2008, de 5 de noviembre, de la Presidencia de la Generalidad y del Gobierno, respecto de los siguientes preceptos: artículo 1, que introduce el apartado 3 del artículo 4 de la Ley 13/2008; artículo 2, en su integridad, que agrega nuevos apartados al artículo 35 de la Ley 13/2008 y disposición adicional en su integridad.

BOE-A-2018-13119Publicada: 28/09/2018TRIBUNAL CONSTITUCIONAL

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una resolución (Auto) del Tribunal Constitucional que decide sobre un recurso de inconstitucionalidad presentado por el Presidente del Gobierno contra la Ley 2/2018, de 8 de mayo. Esta ley modificaba la Ley 13/2008, que regula la Presidencia de la Generalidad y el Gobierno. El Tribunal examina si algunos artículos de esa ley van contra la Constitución. **¿A quién afecta?** Afecta directamente a la Ley 2/2018 y, por tanto, a la regulación de las funciones y estructura de la Presidencia de la Generalidad y el Gobierno. Los preceptos cuestionados son: el artículo 1 (que modifica el artículo 4), el artículo 2 completo (que añade nuevos apartados al artículo 35) y una disposición adicional íntegra de esa ley. **¿Qué cambia o establece?** El Tribunal Constitucional decide mantener la suspensión (paralización) de esos preceptos. Es decir, esos artículos no pueden aplicarse mientras se resuelve el recurso. Esta suspensión ya estaba en vigor desde que se admitió el recurso en mayo de 2018, y el Tribunal confirma que sigue siendo válida.

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 2/2018, la Ley 13/2008 establecía la estructura orgánica de la Presidencia de la Generalidad y el Gobierno catalán. La ley modificadora de 2018 pretendía reorganizar competencias y funciones ejecutivas, pero el Presidente del Gobierno central la impugnó por considerar que vulneraba la Constitución y el Estatuto de Autonomía. Este conflicto refleja las tensiones entre comunidades autónomas y el Estado central sobre la distribución de competencias en materia de estructura gubernamental, comunes en otras CCAA pero especialmente intensas en Cataluña. La suspensión mantiene paralizado el nuevo régimen desde 2018, generando incertidumbre legal sobre las funciones reales de las instituciones catalanas y afectando a ciudadanos y funcionarios que desconocen el marco normativo definitivo.

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