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ResoluciónNacionalvigente

Protocolo del Acuerdo Marco entre la Unión Europea y sus Estados Miembros, por una parte, y la República de Corea, por otra, para tener en cuenta la adhesión de la República de Croacia a la Unión Europea, hecho en Bruselas el 21 de junio de 2017.

BOE-A-2018-15234Publicada: 07/11/2018MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Un protocolo que permite a Croacia adherirse al Acuerdo Marco existente entre la Unión Europea, sus Estados miembros y la República de Corea, que había sido firmado en 2010. Se redacta en 2017 para incorporar a Croacia como parte de este acuerdo tras su adhesión a la Unión Europea en 2013. **¿A quién afecta?** Afecta a Croacia, que se convierte en parte del Acuerdo; a todos los Estados miembros de la UE (28 países en total); a la Unión Europea como institución; y a la República de Corea, que ahora tiene un acuerdo vigente con la UE ampliada que incluye a Croacia. **¿Qué cambia o establece?** Establece que Croacia se adhiere oficialmente al Acuerdo Marco con los mismos términos que los demás Estados miembros. Ordena que se prepare una versión del acuerdo en lengua croata con validez igual a las versiones originales. El protocolo entra en vigor el 1 de agosto de 2018, tras su firma el 21 de junio de 2017 y su ratificación por todas las partes.

💬 Contexto ciudadano

El Acuerdo Marco original entre la UE y Corea data de 2010 e incluía a 27 Estados miembros; cuando Croacia se adhirió a la Unión en 2013, quedó excluida de este marco hasta la firma del protocolo en 2017. Este tipo de protocolos de adhesión son procedimientos técnicos estándar en la integración comunitaria—comparable a cómo España fue incorporándose gradualmente a acuerdos previos tras su adhesión en 1986—que garantizan la continuidad normativa sin renegociar el acuerdo sustantivo. El protocolo requirió ratificación unánime de los 28 Estados miembros y del Parlamento Europeo, entrando en vigor en agosto de 2018. Su relevancia para el ciudadano radica en la estabilidad comercial y de inversiones: mantiene el marco regulatorio predecible con Corea, evitando aranceles diferenciales o vacíos legales que afectarían a empresas europeas y españolas con operaciones en Asia. Sin este protocolo, Croacia habría estado en una posición comercial desigual respecto al resto de la Unión.

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