Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 3/2018, de 9 de octubre, de creación del colegio Profesional de Logopedas de Canarias.

BOE-A-2018-15141Publicada: 06/11/2018Comunidad Autónoma de Canarias

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Crea el Colegio Profesional de Logopedas de Canarias como una corporación de derecho público con personalidad jurídica propia. Funciona con estructura democrática interna y se rige por la legislación del Estado, las leyes de colegios profesionales y sus propios estatutos. El colegio existe en toda la Comunidad Autónoma de Canarias. **¿A quién afecta?** Afecta a los logopedas —personas con título universitario de Diplomado o Grado en Logopedia, o títulos extranjeros equivalentes homologados— que quieran asociarse al colegio. La afiliación es voluntaria; no es obligatoria para ejercer la profesión de logopeda en Canarias. **¿Qué cambia o establece?** Establece que el colegio tutelará los derechos de sus miembros y protegerá los intereses de las personas que usan los servicios de logopedas. Define los requisitos de titulación para poder colegiarse y ordena que la colegiación no sea requisito obligatorio para trabajar, respetando la libertad de ejercicio profesional.

💬 Contexto ciudadano

Antes de octubre de 2018, los logopedas canarios carecían de colegio profesional propio, a diferencia de otras autonomías como Cataluña y Madrid que ya contaban con colegios institucionalizados desde años atrás. Esta Ley 3/2018 se alinea con la Ley estatal de colegios profesionales y la Directiva 2013/55/UE sobre reconocimiento de cualificaciones, garantizando la libre circulación de profesionales europeos cualificados. Canarias cierra así una brecha regulatoria: aunque la afiliación permanece voluntaria—respetando la jurisprudencia comunitaria que rechaza colegios con afiliación obligatoria—, la creación del colegio establece un órgano autorregulador que tutela derechos de logopedas y protege a ciudadanos frente a prestadores no cualificados, mejorando la calidad asistencial y la defensa del consumidor en un sector donde la competencia desleal por intrusismo profesional representaba un riesgo tangible en el territorio insular.

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