Orden ITC/3022/2007, de 10 de octubre, por la que se regula el control metrológico del Estado sobre los contadores de energía eléctrica, estáticos combinados, activa, clases A, B y C y reactiva, clases 2 y 3, a instalar en suministros de energía eléctrica hasta una potencia de 15 kW de activa que incorporan dispositivos de discriminación horaria y telegestión, en las fases de evaluación de la conformidad, verificación después de reparación o modificación y de verificación periódica.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Orden ITC/3022/2007, la regulación de los contadores de energía eléctrica en España se basaba en normativas estatales y europeas, que establecían requisitos generales pero con menos especificidad en cuanto a los contadores estáticos combinados y su control metrológico. Esta orden introduce una regulación más detallada y específica, alineada con los estándares de la Unión Europea, para garantizar la precisión y fiabilidad de los contadores en sistemas de energía eléctrica con potencias hasta 15 kW. Es importante porque asegura la homogeneidad en la aplicación de normas a nivel de Comunidades Autónomas, facilitando la interoperabilidad y la eficiencia en el control energético.