Ley OrdinariaNacionalvigente

Convenio sobre cooperación para la protección y el aprovechamiento sostenible de las aguas de las cuencas hidrográficas hispano-portuguesas, hecho "ad referendum" en Albufeira el 30 de noviembre de 1998.

BOE-A-2000-2882Publicada: 12/02/2000Ministerio de Asuntos Exteriores

¿Qué dice esta ley?

**España y Portugal acuerdan proteger sus ríos compartidos** Este convenio es un acuerdo entre España y Portugal para colaborar en la protección y el uso responsable de las aguas de los ríos que comparten. Busca asegurar que estos recursos hídricos se utilicen de forma sostenible, beneficiando tanto al medio ambiente como a las necesidades de desarrollo de ambos países, y previniendo problemas que puedan surgir de su uso o contaminación. Lo que cambia concretamente es que ambos países se comprometen a cooperar de manera más intensa en la gestión de estas aguas. Esto implica coordinar esfuerzos para conocer mejor las cuencas hidrográficas, proteger los ecosistemas que dependen de ellas y evitar impactos negativos transfronterizos, es decir, que las acciones en un país afecten negativamente al otro. El convenio se firmó en Albufeira el 30 de noviembre de 1998 y entró en vigor a nivel nacional en España el 12 de febrero de 2000. Su objetivo es establecer un marco de cooperación duradero para la gestión de estos recursos compartidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este convenio, la gestión de las aguas compartidas entre España y Portugal se regía por acuerdos previos, pero existía la necesidad de una cooperación más profunda y coordinada, especialmente ante los desafíos ambientales y de desarrollo. Este acuerdo, hecho en Albufeira, perfecciona el régimen jurídico existente, alineándose con el derecho internacional y comunitario sobre medio ambiente y recursos hídricos. A diferencia de otras CCAA que gestionan sus recursos hídricos de forma interna, este convenio aborda una relación bilateral transfronteriza. Su aprobación por ambos países es crucial para garantizar la sostenibilidad y el aprovechamiento equitativo de cuencas hidrográficas compartidas, previniendo conflictos y protegiendo ecosistemas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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