Real Decreto-leyNacionalvigente

Real Decreto 1387/2018, de 19 de noviembre, por el que se extiende el ámbito de aplicación de las medidas previstas en el Real Decreto-ley 2/2017, de 27 de enero, por el que se adoptan medidas urgentes para paliar los daños causados por los últimos temporales, y en los Acuerdos del Consejo de Ministros de 9 y 23 de diciembre de 2016, a los daños sufridos en infraestructuras municipales como consecuencia de catástrofes naturales ocurridas hasta la finalización del mes de junio de 2017.

BOE-A-2018-15798Publicada: 20/11/2018MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Este decreto amplía las medidas de ayuda económica para reparar daños causados por temporales con lluvias intensas, vientos fuertes y temporal marítimo que afectaron a varias provincias españolas entre enero y junio de 2017. Se trata de subvenciones del Estado para que los municipios dañados puedan reconstruir sus infraestructuras. **¿A quién afecta?** Afecta a los municipios específicos de cinco provincias: Huelva (Punta Umbría, Cartaya), Málaga, Cádiz (Puerto Real), Valencia (Montesa) y Teruel (Aguilar de Alfambra, Manzanera, Camarena de la Sierra, Olba, San Agustín y Cascante). Solo estos municipios listados en el anexo tienen derecho a solicitar estas ayudas. **¿Qué cambia o establece?** Establece que el Estado financiará hasta el 50 por ciento del coste de las obras necesarias para reparar y reconstruir infraestructuras municipales dañadas (carreteras, edificios públicos, servicios). Esta cobertura se aplica a todas las infraestructuras municipales y de diputaciones provinciales que fueron destruidas o dañadas por los temporales hasta finales de junio de 2017.

💬 Contexto ciudadano

Este RD 1387/2018 prolonga el sistema de ayudas iniciado por el RD-ley 2/2017, adaptando el mecanismo a nuevos municipios afectados por temporales de 2017. Frente a sistemas de ayuda ante catástrofes como los de Cataluña o Andalucía, que operan primariamente desde fondos autonómicos, España optó aquí por un modelo estatal de financiación al 50% para infraestructuras municipales, amparado en la competencia estatal sobre calamidades públicas (Art. 149.1.22 CE) y alineado con directrices de protección civil de la UE. Para ciudadanos de municipios incluidos —Huelva, Málaga, Cádiz, Valencia y Teruel—, la ampliación del decreto es crucial: permite reconstruir servicios e infraestructuras críticas sin agotar presupuestos municipales, especialmente relevante en territorios rurales con limitada capacidad financiera.

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