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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 6 de noviembre de 2018, de la Dirección General de la Administración de Justicia, sobre retribuciones en los casos de incapacidad temporal por contingencias comunes de los miembros del personal al servicio de la Administración de Justicia, en el ámbito territorial gestionado por el Ministerio de Justicia.

BOE-A-2018-15512Publicada: 14/11/2018Ministerio de Justicia

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una norma que regula cuánto dinero deben recibir los empleados de la Administración de Justicia cuando están en situación de incapacidad temporal (es decir, de baja por enfermedad o accidente que les impide trabajar). **¿A quién afecta?** A los funcionarios (empleados públicos) que trabajan en la Administración de Justicia en el territorio que gestiona el Ministerio de Justicia, cuando están de baja por enfermedad o accidente común, no laboral. **¿Qué cambia o establece?** Establece que durante la baja por enfermedad o accidente, el funcionario recibirá un complemento de sueldo que, junto con la prestación de Seguridad Social, debe completar el 100% de sus retribuciones normales del mes en que empezó la baja. Hay dos sistemas: uno para los afiliados al Régimen General de Seguridad Social, y otro para los afiliados a la Mutualidad Judicial (en este último caso, el Ministerio añade lo que haga falta para que reciban lo mismo que los del primer sistema). La norma aplica a todas las bajas que comenzaron a partir del 31 de julio de 2018.

💬 Contexto ciudadano

La Resolución de 2018 institucionalizó un sistema de compensación integral que, aunque respondía a principios de protección social consolidados desde la década de 1980 en el régimen general de Seguridad Social, carecía de regulación explícita y uniforme para el personal de justicia del ámbito estatal. Esta regulación se alinea con estándares europeos de protección ante contingencias comunes, tal como establecen las directivas de coordinación de sistemas de seguridad social, aunque permanece circunscrita a la administración estatal mientras las comunidades autónomas mantienen sistemas particulares para sus empleados públicos. Su relevancia radica en garantizar equidad retributiva durante la incapacidad temporal: complementa la prestación de Seguridad Social o Mutualidad Judicial hasta alcanzar el cien por cien de retribuciones, lo que repercute indirectamente en la estabilidad del sistema judicial al asegurar continuidad administrativa y seguridad económica del personal, fundamentales para un funcionamiento eficiente de la justicia que beneficia a los ciudadanos en acceso y celeridad procesal.

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