Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España y el Gobierno de la República de Corea relativo al Programa de movilidad juvenil, hecho en Madrid el 18 de diciembre de 2017.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un acuerdo entre España y Corea del Sur que crea un programa de movilidad juvenil. Permite que jóvenes de ambos países pasen un tiempo en el otro país combinando vacaciones con trabajo temporal, aprendizaje del idioma y experiencia cultural. El programa tiene como objetivo promover el entendimiento mutuo entre los dos países. **¿A quién afecta?** Afecta a los jóvenes nacionales españoles y coreanos de entre 18 y 30 años que deseen participar. Deben reunir requisitos como tener pasaporte válido, disponer de fondos suficientes para mantenerse, poseer seguro médico, carecer de antecedentes penales y no haber participado anteriormente en el programa. **¿Qué cambia o establece?** Establece que cada país otorgará hasta 1.000 visados anuales de larga duración y entrada múltiple válidos por un año. Con este visado, los participantes pueden vivir y trabajar hasta 12 meses sin trámites administrativos adicionales, independientemente de la situación laboral del país. El acuerdo entró en vigor el 24 de octubre de 2018.
💬 Contexto ciudadano
El acuerdo de 2018 representa la formalización de un programa que antes era inexistente: España no contaba con un mecanismo estructurado de movilidad combinada trabajo-vacaciones con Corea del Sur. Comparativamente, programas similares existían en otros países (Australia, Canadá, Nueva Zelanda) mediante visados Working Holiday, y la UE facilita la movilidad interna entre ciudadanos europeos sin restricción de cuota. Este acuerdo bilateral, aprobado por ambos gobiernos pero sin necesidad de aprobación legislativa hispana adicional por su formato de tratado ejecutivo, establece cuota anual cerrada (1.000 visados) a diferencia de la apertura europea. Para el ciudadano joven español, importa porque abre acceso laboral-experiencial a un mercado asiático estratégico con requisitos menos restrictivos que inmigración laboral convencional, promoviendo intercambio cultural bidireccional estructurado.