Real Decreto 1821/1985, de 1 de agosto, por el que se integran en las Confederaciones Hidrográficas las funciones de las Comisarías de Aguas y se modifica su estructura orgánica.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1821/1985, de 1 de agosto, por el que se integran en las Confederac ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1821/1985 integra las Comisarías de Agua en las Confederaciones Hidrográficas y modifica su estructura orgánica para garantizar una gestión unitaria y descentralizada del dominio público hidráulico. **2. CONTEXTO** En 1959, se crearon las Comisarías de Agua para gestionar asuntos relacionados con concesiones, fiscalización y control de aprovechamientos hidráulicos, debido al incremento de demandas. Sin embargo, se observa una tendencia hacia la gestión unitaria de aguas, impulsada por la legislación comparada y recomendaciones internacionales. El Real Decreto busca alinear la estructura con esta evolución, consolidando una organización eficiente y coordinada. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1821/1985 establece la integración de las Comisarías de Agua en las Confederaciones Hidrográficas, manteniendo sus competencias actuales y las otorgadas por la legislación vigente. Se crea un organismo único por cuenca, con funciones descentralizadas, para garantizar una gestión armonizada del dominio público hidráulico. - **Artículo 1**: Integra las Comisarías de Agua en las Confederaciones Hidrográficas, quienes asumirán funciones de fiscalización, control y tramitación de concesiones, entre otros. - **Artículo 2**: Modifica la estructura orgánica de las Comisarías y Confederaciones, estableciendo un único organismo por cuenca. Las funciones previas de las Comisarías se transfieren a las Confederaciones, que mantendrán competencias en gestión de aprovechamientos, vertidos y explotación de embalses. - **Artículo 3**: Establece que las Confederaciones Hidrográficas asumirán los créditos presupuestarios asignados a las Comisarías de Agua, consolidándolos en sus presupuestos generales para 1986. - **Artículo 4**: Garantiza la continuidad de la situación administrativa y laboral de los funcionarios afectados, manteniendo sus retribuciones hasta que se adopten medidas de desarrollo. - **Disposiciones Finales**: - **Primera**: El Ministro de Obras Públicas dictará órdenes para la ejecución del decreto, previa aprobación del Gobierno. - **Segunda**: El Ministro de Economía realizará modificaciones presupuestarias necesarias. - **Tercera**: Deroga el Decreto 1740/1959 (creación de Comisarías), el Decreto 2430/1966 (modificaciones parciales), los artículos 6 y 7 del Real Decreto 2419/1979 (estructura de Confederaciones) y otros textos contradictorios. - **Cuarta**: El decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. El texto destaca la necesidad de una gestión integrada, alineada con principios internacionales, y la derogación de normas anteriores para evitar conflictos. La integración busca optimizar la coordinación entre organismos, evitando la fragmentación de competencias. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto busca una gestión unitaria de aguas mediante la integración de Comisarías en Confederaciones, mejorando la eficiencia y coordinación. Modifica estructuras existentes y deroga normas anteriores para consolidar un marco legal coherente. La reforma refleja una tendencia hacia la descentralización y la armonización en la administración del agua. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Integración de Comisarías en Confederaciones**: Unifica funciones y competencias para una gestión descentralizada. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Elimina conflictos legales y establece un marco único. 📋 **Presupuesto y financiación**: Las Confederaciones asumen créditos previos, consolidando su autonomía. ℹ️ **Alineación internacional**: Responde a recomendaciones de organismos globales sobre gestión unitaria de recursos hídricos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Real Decreto. - **Tipo**: Norma de rango legal. - **Fecha**: 1 de agosto de 1985. - **Materias**: Gestión de recursos hídricos, organización administrativa, descentralización. - **Relevancia**: ALTA (establece un marco fundamental para la gestión hidráulica en España). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────