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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2637/1985, de 18 de diciembre, por el que se declaran de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los componentes de alta tensión, incorporados en equipos que incluyan tubos de rayos catódicos y de los circuitos impresos y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.

BOE-A-1986-1813Publicada: 23/01/1986MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2637/1985, de 18 de diciembre, por el que se declaran de obligado c ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2637/1985 establece que ciertas especificaciones técnicas para componentes de alta tensión en equipos con tubos de rayos catódicos y circuitos impresos son obligatorias, así como su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. **2. CONTEXTO** La norma se fundamenta en el Reglamento General de Actuaciones del Ministerio de Industria y Energía, que establece que la obligatoriedad de normas técnicas se justifica por la seguridad de usuarios y consumidores. Los componentes mencionados, al operar a tensiones superiores a 4 kV, presentan riesgos de incendios y descargas eléctricas, lo que justifica la regulación. La norma también busca garantizar que los circuitos impresos no generen daños en equipos electrónicos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2637/1985, de 18 de diciembre de 1985, regula la obligatoriedad de especificaciones técnicas para componentes de alta tensión y circuitos impresos, así como su homologación. En su artículo 1º, se declaran obligatorias las especificaciones técnicas detalladas en los anexos A y B, aplicables a los componentes mencionados. En el artículo 2º, se establece que tanto los componentes nacionales como importados deben someterse a homologación de tipo o modelo y a certificación de conformidad con el modelo homologado, siguiendo el procedimiento definido en el Real Decreto 2584/1981. La norma incluye requisitos específicos para los circuitos impresos, como la adherencia de conductores, la inflamabilidad y la rigidez eléctrica. Por ejemplo, en el punto 4.1, se exige que los conductores cumplan con los estándares de la norma UNE 20-620-80, mediante ensayos descritos en su parte I (puntos 3.6.2 y 3.6.7). En cuanto a la inflamabilidad (punto 4.2), los circuitos deben autoextinguirse en 30 segundos, verificándose mediante ensayos con cinco probetas según la norma UNE 20-621-80, parte II (punto 8.4.3). La rigidez eléctrica (punto 4.3) requiere que los circuitos soporten una tensión alterna de 50 Hz y 500 V por mm de separación entre conductores, con una corriente de fuga máxima de 100 µA, verificándose mediante ensayos en los puntos 6.5.1 y 6.5.2 de la misma norma. Además, se menciona una figura (FIG. 1) con una escala de 10:1 y especificaciones sobre el ancho de trazo (3/10 mm), aunque no se detallan los requisitos completos de esta figura. La norma también incluye un apartado 3.1.2 que permite reducciones a escala del anagrama, siempre que la información numérica sea legible. Los circuitos marcados con el anagrama definido en el punto 3.1.1 deben cumplir con los niveles exigidos en el punto 4. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2637/1985 impone requisitos técnicos y de seguridad para componentes de alta tensión y circuitos impresos, garantizando su homologación. La norma se basa en estándares internacionales (UNE) y busca prevenir riesgos asociados a incendios y descargas eléctricas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Obligatoriedad de especificaciones técnicas**: Los componentes y circuitos deben cumplir con normas detalladas en anexos A y B. ⚠️ **Riesgos de seguridad**: Tensiones superiores a 4 kV y circuitos mal diseñados pueden causar incendios o daños. 📋 **Homologación y certificación**: Todos los componentes, nacionales e importados, requieren homologación y verificación de conformidad. ℹ️ **Requisitos específicos**: Incluyen pruebas de adherencia, inflamabilidad y rigidez eléctrica, basadas en normas UNE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 2637/1985 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 18 de diciembre de 1985 - **Materias**: Seguridad eléctrica, homologación técnica, normativa industrial - **Relevancia**: ALTA (afecta a la seguridad de usuarios y a la producción industrial) **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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