Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos Preliminar, I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes del Real Decreto 849/1986, el régimen del dominio público hidráulico estaba regulado de forma dispersa y con escasa coordinación entre las Comunidades Autónomas, el Estado y la Unión Europea. La normativa estatal, como la Ley 29/1985, establecía el marco general, pero no ofrecía un desarrollo detallado, lo que generaba incertidumbre y descoordinación. La comparativa entre CCAA, Estado y UE revela diferencias en la protección, gestión y titularidad de los recursos hídricos, lo cual importa para garantizar la coherencia jurídica, la eficiencia en la gestión y el cumplimiento de los estándares europeos en materia de agua.