Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 5/2018, de 17 de octubre, para la protección, reconocimiento y memoria de las víctimas del terrorismo.

BOE-A-2018-16540Publicada: 04/12/2018Comunidad de Madrid

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una ley de la Comunidad de Madrid que protege, reconoce y mantiene la memoria de las víctimas del terrorismo. Reemplaza la ley anterior de 1996 y se adapta a nuevas formas de terrorismo. Busca que la Comunidad exprese su solidaridad con las víctimas y garantice que se recuerde lo sucedido. **¿A quién afecta?** A las víctimas del terrorismo (personas muertas, heridas físicamente, con daño psicológico o privadas de libertad), así como a quienes fueron amenazados, coaccionados o extorsionados. También afecta a los familiares y allegados de las víctimas. Se incluye a personas empadronadas en Madrid que sufrieron actos terroristas en otros lugares de España o en el extranjero. **¿Qué cambia o establece?** Aumenta las indemnizaciones por fallecimiento (suma un 30% más a lo que da el Estado). Añade nuevas prestaciones: asistencia psicológica especializada, ampliación de la ayuda escolar a secundaria, acceso a viviendas protegidas, facilidades para encontrar empleo, y descuentos en actividades culturales y deportivas. Se aplica a actos terroristas desde 1960, incluso si ocurrieron hace años, y requiere que la víctima ya haya sido reconocida por las leyes estatales.

💬 Contexto ciudadano

La Ley 5/2018 madrileña actualiza el marco de 1996, completando la normativa estatal de indemnización a víctimas del terrorismo mediante un sistema dual: mantiene la cobertura básica del fondo estatal (regulado por sucesivos decretos-leyes) e incorpora prestaciones autonómicas complementarias que elevan indemnizaciones por fallecimiento un 30% y añaden servicios especializados (psicología, empleo, vivienda). Mientras el Estado garantiza minorales máximos uniformes desde 2023, comunidades como Cataluña, País Vasco y Andalucía han legislado complementos propios, creando heterogeneidad en la reparación según territorio. Para el ciudadano madrileño afectado, esto representa reconocimiento explícito autonómico, acceso a prestaciones especializadas de difícil acceso en otras regiones y mayores cuantías, aunque también expone inequidades territoriales que cuestiona el principio de igualdad. La retroactividad desde 1960 corrige el olvido institucional de décadas previas.

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