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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 1070/1986, de 9 de mayo, por el que se declara de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los terminales telefónicos y modems para transmisión de datos y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.

BOE-A-1986-17439Publicada: 02/07/1986MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 1070/1986, de 9 de mayo, por el que se de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1070/1986, de 9 de mayo, corrige errores tipográficos y gramaticales en el anexo del mencionado Real Decreto, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 133, de fecha 4 de junio de 1986. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1070/1986 establece las especificaciones técnicas de los terminales telefónicos y modems para la transmisión de datos, así como su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. Dicho Real Decreto fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 4 de junio de 1986. Posteriormente, se detectaron errores en el anexo del documento, lo que generó la necesidad de realizar correcciones para garantizar la precisión y claridad de las normas técnicas establecidas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1070/1986 corrige errores en el anexo del mencionado Real Decreto, que fue publicado en el Boletín Oficial del Estado número 133, de fecha 4 de junio de 1986. Las correcciones afectan a varias páginas del documento, incluyendo páginas 20159, 20160, 20161, 20162, 20163 y 20164. En la página 20159, segunda columna, se corrige el apartado 3.1.1, 3.1.2 y 3.1.3, donde se cambia «Línea(s) telefónica(s) regulare(s)» por «Línea(s) telefónica(s) regular(es)». En la página 20160, primera columna, punto 3.5.1, cuarto párrafo, se corrige «de las líneas telefónicas a las que se conectan» por «de la(s) línea(s) telefónica(s) a la(s) que se conecta(n)». En la página 20160, segunda columna, apartado 3.6.2, se corrige «plaza» por «placa». En la página 20160, segunda columna, apartado 1.2.1, se corrige «conectados» por «conectores». En la página 20161, primera columna, apartado 1.2.3, se suprime la frase «garantía de instalación». En la página 20161, primera columna, apartado 1.2.3, décima línea, se corrige «Centros de Asistencia Técnica autorizados» por «Centro(s) de asistencia Técnica autorizado(s)». En la página 20161, primera columna, apartado 1.2.5, séptima línea, se corrige «Número del aparato: "Núm."» por «Numero de serie: «Núm...»». En la página 20161, primera columna, apartado 1.2.6, se corrige «Homologado D.G.E.I. -Número del «Boletín Oficial del Estado», dd/mm/aa» por «Homologado DGEI Nº... B.O.E. del dd/mm/aa». En la página 20161, primera columna, apartado 1.3.1, quinto párrafo, se corrige «de frecuencia primera de la red» por «de frecuencia la de la red». En la página 20162, primera columna, sexta línea, se corrige «diodo O» por «diodo D». En la página 20163, segunda columna, apartado IV.2.2, se corrige «inr» por «ir». En la página 20163, segunda columna, apartado IV.2.2, se corrige «punto I.1.3» por «punto 1.2.3». En la página 20164, primera columna, apartado V.1.4, se corrige «correspondiendo al símbolo ...» por «correspondiendo el símbolo ...». En la página 20164, segunda columna, apartado V.3.2.c), se corrige «gererada» por «generada». Además, se omitió la publicación de las figuras 1.3; 1.6 y V.I, que se indican en el apartado 1.2.9, en el apartado 1.3.2 y en el apartado V.3.2, respectivamente. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige errores en el anexo del mencionado Real Decreto, garantizando la precisión de las normas técnicas. Las correcciones afectan a varios apartados y páginas del documento. Se omitió la publicación de ciertas figuras, lo que podría afectar la claridad del documento. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en el anexo del Real Decreto 1070/1986. ⚠️ Errores tipográficos y gramaticales afectan la claridad de las normas técnicas. 📋 Correcciones en múltiples páginas del documento. ℹ️ Omitida la publicación de algunas figuras, lo que podría afectar la integridad del documento. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1070/1986 - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 9 de mayo de 1986 - **Materias**: Técnicas, telecomunicaciones, homologación - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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