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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 20 de junio de 1986 por la que se regula el cálculo de las compensaciones de la Oficina de Compensaciones de la Energía Eléctrica (OFICO) a las Empresas con explotaciones extrapeninsulares.

BOE-A-1986-17242Publicada: 30/06/1986MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Orden de 20 de junio de 1986 por la que se regula el cálculo de las compensacion ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 20 de junio de 1986 modifica el sistema de cálculo de compensaciones de la OFICO para empresas con explotaciones extrapeninsulares, incorporando ajustes basados en la evolución de tarifas eléctricas y experiencias previas. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2194/1979 estableció la función de la OFICO de calcular y distribuir compensaciones a empresas extrapeninsulares. Posteriormente, el Real Decreto 774/1984 autorizó al Ministerio de Industria y Energía a establecer un nuevo sistema de compensaciones, considerando costes imputables a cada caso. La Orden de 1982 desarrolló este sistema, pero fue modificada en 1983 para incluir ajustes específicos para ENDESA en Ceuta y Melilla. Con la evolución de tarifas y compensaciones entre empresas peninsulares, se requirió actualizar el régimen para empresas extrapeninsulares. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 1986 regula el cálculo de compensaciones de la OFICO a empresas con explotaciones extrapeninsulares, basándose en la normativa previa (Real Decreto 2194/1979 y Orden de 1982) y ajustes posteriores. Se establecen los siguientes principios: - **Cálculo de sobrecostes compensables**: Se consideran las diferencias entre costes unitarios, producción y transporte, situando la energía en puntos cercanos al mercado de cada empresa. Se valora la energía adquirida en plantas potabilizadoras duales o auto generadores a tarifas oficiales vigentes. El sobrecoste compensable se calcula dividiendo la suma de costes entre la energía disponible, comparando con el coste peninsular. - **Compensación unitaria por kWh**: Se divide el importe anual de cuotas exentas por la energía total disponible en barras, deduciendo el sobrecoste compensable. La compensación unitaria se ajusta según el coeficiente ponderado de pérdidas de generación, obtenido de los parámetros del punto 1.1 del anexo. - **Ajustes por mercado**: Si se aplican compensaciones por mercado, su valor unitario se suma o resta al sobrecoste compensable en barras de central extrapeninsular, siguiendo el mismo método descrito. La Orden también establece que, en caso de contratos vigentes o futuros, se considerarán las condiciones pactadas, siempre que se aprueben por la Dirección General de la Energía. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1986 actualiza el régimen de compensaciones para empresas extrapeninsulares, integrando factores como costes, energía disponible y ajustes por mercado. Su objetivo es garantizar una compensación justa basada en condiciones reales. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del cálculo de compensaciones**: Se actualiza el sistema para reflejar cambios en tarifas y estructuras de mercado. ⚠️ **Consideración de contratos vigentes**: Se incluyen condiciones actuales o futuras, siempre que se aprueben. 📋 **Metodología detallada**: Se establecen fórmulas específicas para calcular sobrecostes y compensaciones unitarias. ℹ️ **Referencia a normas previas**: Se basa en el Real Decreto 2194/1979 y la Orden de 1982, con ajustes posteriores. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden de 20 de junio de 1986 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 20 de junio de 1986 - **Materias**: Energía eléctrica, compensaciones, empresas extrapeninsulares - **Relevancia**: ALTA (regula un sistema clave para empresas en zonas extrapeninsulares) **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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