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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1914/1986, de 29 de agosto, por el que se amplía el plazo de entrada en vigor del Real Decreto 2706/1985, de 27 de diciembre, por el que se declaró de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los autómatas programables industriales y sus periféricos específicos y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía.

BOE-A-1986-24729Publicada: 18/09/1986MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1914/1986, de 29 de agosto, por el que se amplía el plazo de entrad ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1914/1986, de 29 de agosto, prorroga en seis meses el plazo de entrada en vigor del Real Decreto 2706/1985, de 27 de diciembre, que establecía la obligatoriedad del cumplimiento de especificaciones técnicas para autómatas programables industriales y su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 2706/1985 exigía la homologación de equipos técnicos, como autómatas programables industriales y sus periféricos, mediante la cumplimentación de especificaciones técnicas. Sin embargo, la complejidad de los equipos modulares generó dificultades en la preparación de la documentación técnica y en la selección de muestras para ensayos en laboratorios acreditados. Para abordar esta situación, se necesitaba una prórroga del plazo de entrada en vigor del mencionado Real Decreto 2706/1985. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1914/1986, de 29 de agosto, se emitió en virtud de la propuesta del Ministerio de Industria y Energía y la deliberación del Consejo de Ministros del 29 de agosto de 1986. Su contenido principal es el artículo único, que establece la prórroga del plazo de entrada en vigor del Real Decreto 2706/1985 en seis meses. Según el texto, se hace necesario ampliar este plazo debido a la complejidad de los equipos modulares, lo que implica una dificultad para preparar la documentación técnica exigida y seleccionar muestras para ensayos en laboratorios acreditados. El Real Decreto 2706/1985, de 27 de diciembre, había declarado de obligado cumplimiento las especificaciones técnicas de los autómatas programables industriales y sus periféricos, así como su homologación por el Ministerio de Industria y Energía. La prórroga del plazo de entrada en vigor se justifica en la necesidad de dar tiempo a los responsables de la homologación para cumplir con los requisitos técnicos y normativos establecidos. El Real Decreto 1914/1986 se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 29 de agosto de 1986, y su entrada en vigor se efectuó seis meses después, es decir, el 29 de febrero de 1987. La norma se firmó en Palma de Mallorca por el Rey Juan Carlos I, y el Ministerio de Industria y Energía, representado por Luis Carlos Croissier Batista, firmó el texto. La prórroga se enmarca en el marco de regulación de equipos técnicos, con el objetivo de garantizar que los productos cumplan con estándares de seguridad y calidad, mientras se facilita el proceso de homologación. La norma no modifica las especificaciones técnicas, sino que extiende el plazo para su aplicación, lo que permite una mejor adaptación a las necesidades de los fabricantes y los laboratorios de ensayo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1914/1986 permite una prórroga de seis meses para la entrada en vigor del Real Decreto 2706/1985, con el fin de facilitar la homologación de autómatas programables industriales. La norma responde a la complejidad de los equipos modulares y la necesidad de cumplir con requisitos técnicos. La prórroga no altera las especificaciones, sino que extiende el plazo para su aplicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Prórroga de plazo**: Se extiende en seis meses el plazo de entrada en vigor del Real Decreto 2706/1985. ⚠️ **Justificación**: La complejidad de los equipos modulares requiere más tiempo para cumplir con los requisitos técnicos. 📋 **Aplicación**: La norma afecta a fabricantes, laboratorios de ensayo y organismos de homologación. ℹ️ **Marco legal**: Se basa en la regulación de equipos técnicos y en la necesidad de garantizar la seguridad y calidad. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1914/1986 - **Tipo**: Reglamento (Real Decreto) - **Fecha**: 29 de agosto de 1986 - **Materias**: Industria, homologación de equipos técnicos, autómatas programables - **Relevancia**: ALTA (afecta a sectores industriales y normativas técnicas) **Palabras clave**: Real Decreto 1914/1986, homologación, autómatas programables, plazo de entrada en vigor, Ministerio de Industria y Energía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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