Real Decreto 213/1987, de 6 de febrero, sobre ampliación de las funciones y medios traspasados al País Vasco por el Real Decreto 1255/1981, de 8 de mayo, en materia de industria, energía y minas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-05 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 213/1987, de 6 de febrero, sobre ampliación de las funciones y medi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 213/1987, de 6 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta del 28 de noviembre de 1985, que amplía las funciones y medios traspasados al País Vasco en materia de industria, energía y minas, según el Real Decreto 1255/1981. **2. CONTEXTO** El Estatuto de Autonomía del País Vasco, aprobado por Ley Orgánica 3/1979, otorga a la Comunidad Autónoma competencias en materia de industria, energía y minas. El Real Decreto 1255/1981 traspasó funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma. La Comisión Mixta, establecida en el Estatuto, adoptó un acuerdo en 1985 para ampliar dichas funciones. El Real Decreto 213/1987 formaliza y aprueba este acuerdo, con efectividad a partir del 1 de enero de 1986. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 213/1987, de 6 de febrero, tiene por objeto la aprobación del acuerdo de la Comisión Mixta del 28 de noviembre de 1985, que amplía las funciones y medios traspasados al País Vasco en materia de industria, energía y minas, según el Real Decreto 1255/1981, de 8 de mayo. Este acuerdo fue adoptado en virtud de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía del País Vasco, que establece la Comisión Mixta para traspasar funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma. El acuerdo de la Comisión Mixta establece que se traspasan a la Comunidad Autónoma los bienes, derechos y obligaciones que figuran en la relación adjunta, en los términos y condiciones especificados. Los traspasos tienen efectividad a partir del 1 de enero de 1986. Además, se incluye el personal adscrito a los servicios que se traspasan, según la relación correspondiente del acuerdo de la Comisión Mixta. El Real Decreto establece que los traspasos acordados serán efectivos a partir del día señalado en el acuerdo de la Comisión Mixta, sin perjuicio de que el Ministerio de Industria y Energía produzca los actos administrativos necesarios hasta la fecha de entrada en vigor del Real Decreto. Los bienes inmuebles traspasados figuran en la relación adjunta, que incluye detalles como nombre y uso, localidad y dirección, situación jurídica, superficie y observaciones. Por ejemplo, se traspasan terrenos destinados a estaciones de ITV en Umieta y Derio-Bilbao, así como un laboratorio de medio ambiente en Derio-Bilbao. El acuerdo de la Comisión Mixta fue firmado por los Secretarios de la Comisión Mixta, don Juan Soler Ferrer y don Mikel Badiola González, en Madrid el 28 de noviembre de 1985. La relación adjunta detalla los bienes, derechos y obligaciones del Estado adscritos a los servicios que se traspasan a la Comunidad Autónoma del País Vasco, incluyendo inmuebles, derechos y obligaciones específicos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 213/1987 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta que amplía las funciones y medios traspasados al País Vasco en materia de industria, energía y minas. Se traspasan bienes, derechos y obligaciones, así como personal adscrito, con efectividad a partir del 1 de enero de 1986. Este Real Decreto formaliza y consolida la transferencia de competencias y recursos al País Vasco. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación del acuerdo de la Comisión Mixta**: Se aprueba el acuerdo del 28 de noviembre de 1985 que amplía las funciones y medios traspasados al País Vasco. ⚠️ **Efectividad de los traspasos**: Los traspasos tienen efectividad a partir del 1 de enero de 1986. 📋 **Relación adjunta**: Se incluye un inventario detallado de bienes, derechos y obligaciones del Estado. ℹ️ **Personal adscrito**: Se traspasa el personal adscrito a los servicios que se traspasan. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de competencias - **Fecha**: 6 de febrero de 1987 - **Materias**: Industria, energía, minas, traspaso de funciones, Comunidad Autónoma del País Vasco - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 213/1987, Comisión Mixta, traspaso de funciones, País Vasco, industria, energía, minas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────