Resolución de 31 de octubre de 2018, de la Presidencia del Consorcio de Compensación de Seguros, por la que se aprueban los modelos del recargo a favor del Fondo de Compensación de Daños Medioambientales y se establece el procedimiento de declaración e ingreso.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una resolución que aprueba los formularios y procedimientos para que las compañías de seguros declaren e ingresen un recargo (cantidad adicional) en el Fondo de Compensación de Daños Medioambientales. Este fondo está destinado a pagar los daños ambientales que causen asegurados cubiertos por pólizas de responsabilidad medioambiental. **¿A quién afecta?** A las entidades aseguradoras (compañías de seguros) que ofrecen seguros de responsabilidad medioambiental. Ellas deberán cobrar mensualmente un recargo en las primas de estos seguros e ingresarlo en el Consorcio de Compensación de Seguros, siguiendo los mismos procedimientos y plazos que usan para otros recargos administrativos. **¿Qué cambia o establece?** Establece tres modelos de formulario que las aseguradoras deben usar para declarar estos recargos: un modelo de declaración e ingreso, un fichero con información complementaria, y un formulario de póliza. La norma entra en vigor el 31 de octubre de 2018 para contratos nuevos o renovados a partir de esa fecha. Las aseguradoras deberán enviar los documentos telemáticamente y realizar los pagos por transferencia bancaria en las fechas establecidas.
💬 Contexto ciudadano
La norma estandariza procedimientos administrativos ya previstos en la Ley 26/2007 de responsabilidad medioambiental, que implementaba la Directiva 2004/35/CE. Antes existía el Fondo de Compensación de Daños Medioambientales, pero carecía de formularios específicos aprobados formalmente; esta resolución colma esa laguna estableciendo tres modelos normalizados para que las aseguradoras declaren e ingresen los recargos mensuales. Todas las CCAA aplican el mismo marco estatal de responsabilidad ambiental, aunque con variantes en su gestión local. La medida afecta a cualquier asegurador que ofrezca pólizas de responsabilidad medioambiental en España. Para el ciudadano importa porque institucionaliza la financiación de reparaciones por daños ambientales, distribuyendo responsabilidades entre asegurados, aseguradoras y administración pública, lo que refuerza la protección ambiental mediante certeza jurídica en su cobertura.