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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 11 de mayo de 1988 sobre características básicas de calidad que deben ser mantenidas en las corrientes de agua superficiales cuando sean destinadas a la producción de agua potable.

BOE-A-1988-12738Publicada: 24/05/1988MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y URBANISMO

¿Qué dice esta ley?

**Protegiendo el agua que bebemos** Esta orden establece las condiciones mínimas de calidad que deben tener los ríos y otras aguas superficiales cuando se utilizan para producir agua potable. El objetivo es asegurar que el agua que llega a nuestras casas sea segura para el consumo humano, teniendo en cuenta los tratamientos necesarios para hacerla potable. Concretamente, la norma clasifica las aguas en diferentes categorías según el nivel de tratamiento que necesiten. Cada categoría tiene unos límites de calidad específicos que deben cumplirse. Si un agua no cumple con los estándares más altos, se pueden tomar medidas para mejorar su calidad o se exigirá un tratamiento de potabilización más avanzado. Esta orden entró en vigor el 24 de mayo de 1988. Su aplicación es nacional y busca garantizar la salud pública mediante la protección de los recursos hídricos destinados al abastecimiento de agua potable. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 11 de mayo de 1988 surge de la necesidad de proteger la calidad de las aguas superficiales destinadas al consumo humano, un aspecto fundamental para la salud pública. Su aprobación responde a la obligación de España de incorporar la normativa europea, en concreto la Directiva 75/440/CEE, tras su adhesión a la Comunidad Europea. Antes de esta orden, la regulación específica para la calidad del agua potable era menos detallada. La norma clasifica las aguas según el tratamiento de potabilización requerido, estableciendo características básicas de calidad que deben ser mantenidas, especialmente en los puntos de captación. Su importancia radica en sentar las bases para una gestión más rigurosa y armonizada de los recursos hídricos a nivel nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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