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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 22 de noviembre de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publican los acuerdos para la ampliación del permiso de paternidad a dieciséis semanas y para la aplicación de la bolsa de horas prevista en la Disposición Adicional centésima cuadragésima cuarta de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.

BOE-A-2018-16619Publicada: 05/12/2018Ministerio de Política Territorial y Función Pública

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una Resolución de 22 de noviembre de 2018 que publica dos acuerdos firmados en la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado. El primero amplía el permiso de paternidad a dieciséis semanas. El segundo regula el uso de una bolsa de horas (el 5 % de la jornada anual) para conciliación de vida familiar y laboral. **¿A quién afecta?** Al personal funcionario, estatutario o laboral que trabaja en la Administración General del Estado, en sus organismos y en sus entidades públicas dependientes. Se aplica al personal que tiene un hijo por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento. **¿Qué cambia o establece?** El permiso de paternidad pasa de 5 semanas a 16 semanas. Las cuatro primeras semanas deben ser ininterrumpidas e inmediatamente posteriores al parto o decisión de adopción. Las doce semanas restantes las elige el trabajador, pero deben ser ininterrumpidas y no pueden ser simultáneas con el permiso del otro progenitor. El permiso no se puede transferir entre padres. Se aplican las mismas ampliaciones del permiso de maternidad para casos especiales: discapacidad del menor, nacimientos o adopciones múltiples, partos prematuros y hospitalización del recién nacido.

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, el personal de la Administración General del Estado disfrutaba de un permiso de paternidad de cinco semanas, significativamente inferior al de maternidad. Esta ampliación a dieciséis semanas representa un avance hacia la corresponsabilidad parental que se alineaba con directivas europeas de igualdad, como la Directiva 2019/1158, aunque España llegaba tarde respecto a países como Suecia o Francia. Mientras sectores privados españoles y algunas comunidades autónomas ya ofrecían duraciones similares, la AGE establecía un estándar mínimo que disuadía la participación paterna. Para el ciudadano funcionario importa porque amplía significativamente su tiempo de cuidado familiar sin penalización laboral, promocionando la distribución equitativa de responsabilidades parentales y facilitando la conciliación, beneficiando especialmente a familias monoparentales o con progenitores del mismo sexo que antes tenían menos protección legal.

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