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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 30 de julio de 1993 por la que se autoriza la modificación de tarifas en los ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE).

BOE-A-1993-20510Publicada: 05/08/1993MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTES Y MEDIO AMBIENTE

¿Qué dice esta ley?

**Subida de tarifas en trenes de FEVE en 1993** Esta orden ministerial autorizó a la empresa pública Ferrocarriles de Vía Estrecha (FEVE) a incrementar los precios de los billetes de tren. FEVE es una compañía que gestionaba una red de ferrocarriles de vía estrecha en diversas zonas de España, afectando a los ciudadanos que utilizaban estos servicios para sus desplazamientos. El cambio concreto consistió en un aumento medio del 5,6% en las tarifas de viajeros. Esto significó que los billetes para viajar en estos trenes se volvieron más caros. Además, se establecía que los nuevos cuadros de tarifas y sus condiciones debían ser aprobados por la Dirección General del Transporte Terrestre antes de su aplicación. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Dado que la orden es de 30 de julio de 1993, su efecto práctico se produjo a principios de agosto de ese mismo año, afectando a los usuarios de FEVE desde entonces. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden de 30 de julio de 1993 se enmarca en un contexto de regulación de precios del transporte público, donde el Estado tenía la potestad de autorizar modificaciones tarifarias para empresas públicas como FEVE. Antes de esta orden, las tarifas vigentes estaban sujetas a un proceso de aprobación que implicaba a diversos organismos, como la Junta Superior de Precios y la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Esta normativa nacional se aplicaba a la red de FEVE, diferenciándose de la gestión tarifaria que pudieran tener otras comunidades autónomas o el ámbito de la Unión Europea. La aprobación de estas subidas era relevante para la sostenibilidad económica de FEVE y para el bolsillo de los ciudadanos que dependían de sus servicios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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