Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1486/1994, de 1 de julio, por el que se aprueba el Reglamento técnico y de prestación del servicio de telecomunicación de valor añadido de telefonía móvil automática.

BOE-A-1994-16523Publicada: 15/07/1994Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas reglas para la telefonía móvil automática** Este Real Decreto establece las normas técnicas y de funcionamiento para la telefonía móvil automática, considerándola un servicio de valor añadido. Esto significa que su prestación se abre a la competencia, dejando atrás el antiguo monopolio. El objetivo es modernizar y regular este tipo de servicios de telecomunicaciones. Lo que cambia concretamente es que la telefonía móvil automática, que hasta finales de 1993 era un servicio exclusivo, pasa a ser un servicio abierto a diferentes operadores. Se otorgan títulos habilitantes a organismos como Correos y Telégrafos, RETEVISIÓN y Telefónica de España para prestar este servicio, garantizando la competencia y la calidad. Este reglamento entró en vigor el 15 de julio de 1994, fecha de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Su aprobación fue necesaria tras la modificación de la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones, que impulsó la liberalización de estos servicios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la telefonía móvil automática estaba sujeta a un régimen de monopolio, reflejo de una etapa anterior en la regulación de las telecomunicaciones en España. La Ley 32/1992 marcó un punto de inflexión al considerar este servicio como de valor añadido y abrirlo a la competencia. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que no tienen competencias directas en esta materia, la regulación nacional es la que rige. La aprobación de este reglamento por parte del Gobierno es crucial para adaptar la normativa a la nueva realidad del mercado, garantizando la seguridad jurídica y la competencia en la prestación de servicios de telecomunicaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →