Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCI/7/2019, de 11 de enero, por la que se habilita el Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia como puesto fronterizo.

BOE-A-2019-320Publicada: 12/01/2019MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES E IGUALDAD

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una orden del Gobierno que autoriza al Aeropuerto Internacional de la Región de Murcia para funcionar como puesto fronterizo oficial. Esto significa que es un lugar habilitado legalmente por donde pueden entrar y salir viajeros y equipaje desde o hacia países fuera del espacio Schengen (la zona de libre circulación europea). **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a los viajeros que usen este aeropuerto para viajar a o desde países no europeos, ya que ahora pueden hacer sus trámites de entrada y salida del territorio Schengen en Murcia. También afecta al aeropuerto y a AENA (su gestor), que deben prestar servicios de control fronterizo. El Aeropuerto de Murcia-San Javier deja de ser puesto fronterizo, siendo sustituido por este. **¿Qué cambia o establece?** La orden establece que el Aeropuerto de Murcia es frontera exterior Schengen válida desde su publicación. AENA debe facilitar gratuitamente las instalaciones necesarias y costear su mantenimiento, sin que esto suponga gasto adicional para el Estado. Finalmente, la orden obliga a notificar a la Comisión Europea la inclusión de este aeropuerto en la lista oficial de pasos fronterizos españoles.

💬 Contexto ciudadano

La Orden PCI/7/2019 moderniza la infraestructura fronteriza murciana al sustituir el Aeropuerto de Murcia-San Javier como puesto de control exterior Schengen. Esta medida se alinea con la normativa estatal de control de fronteras y las directivas UE sobre espacios Schengen. Comparativamente, otras comunidades cuentan con terminales internacionales de mayor escala, pero esta orden equipara Murcia con estándares europeos de circulación. La orden requiere notificación a la Comisión Europea para validación oficial en la lista de pasos fronterizos, consolidando la capacidad de control migratorio regional. Para el ciudadano implica acceso directo a vuelos internacionales sin desplazarse a otros aeropuertos, fortaleciendo la conectividad y competitividad económica murciana.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →