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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1717/1995, de 27 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 2133/1986, de 19 de septiembre, por el que se establecen las normas a que deberá ajustarse la pesca marítima de recreo en aguas del mar territorial español correspondientes al archipiélago Canario.

BOE-A-1995-25207Publicada: 21/11/1995MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Pesca submarina en Canarias: más libertad para los aficionados** Este Real Decreto modifica una normativa anterior sobre pesca recreativa en Canarias. Su objetivo es adaptar las reglas a la realidad y experiencia acumulada, buscando hacer la práctica más accesible para quienes disfrutan de la pesca submarina. Lo que cambia concretamente es que, de forma general, se elimina la limitación de días para practicar la pesca submarina en las zonas habilitadas. Solo habrá restricciones si se indica explícitamente para alguna zona en particular, lo que supone una mayor flexibilidad. La norma entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que ocurrió el 21 de noviembre de 1995. Por lo tanto, los cambios aplicados son efectivos desde esa fecha. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1995 actualizó la regulación de la pesca marítima de recreo, específicamente la submarina, en aguas canarias. La normativa previa, de 1986, establecía ciertas limitaciones que ahora se flexibilizan. A diferencia de otras normativas más generales de pesca recreativa aplicables en el resto del territorio nacional o en la Unión Europea, esta norma se centra en las particularidades del archipiélago. Su aprobación por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, responde a la necesidad de adaptar la ley a la experiencia práctica y a las características pesqueras únicas de Canarias, buscando un equilibrio entre la conservación y el fomento de la actividad recreativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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