Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APA/63/2019, de 23 de enero, por la que se aprueba el primer Plan de Actuación del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación (2018-2022).

BOE-A-2019-1148Publicada: 31/01/2019Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una Orden que aprueba el primer Plan de Actuación 2018-2022 del Programa Nacional de Conservación y Utilización Sostenible de los Recursos Fitogenéticos para la Agricultura y la Alimentación. Este plan define las acciones concretas que el Estado financiará para conservar, investigar y promover el uso sostenible de las semillas, plantas y recursos genéticos existentes. **¿A quién afecta?** Afecta al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y al Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, que serán los responsables de ejecutar y financiar el plan. También afecta a las Comunidades Autónomas, fundaciones y entidades privadas que quieran colaborar en estas acciones, así como a los beneficiarios de las ayudas públicas que se convoquen. **¿Qué cambia o establece?** Establece que ambos ministerios deben publicar el plan, crear bases para gestionar las ayudas, hacer seguimiento anual de las acciones financiadas y difundir los resultados. Asigna al Ministerio de Agricultura financiar la conservación en campos y acciones de sensibilización, mientras que el Instituto Nacional financia las colecciones permanentes. Prohíbe que esto aumente el gasto público utilizando recursos ya existentes.

💬 Contexto ciudadano

La Orden APA/63/2019 actualiza el marco español de conservación fitogenética en respuesta a compromisos internacionales derivados del Tratado de la FAO sobre Recursos Fitogenéticos (al que España se adhirió en 2002) y directivas europeas sobre biodiversidad agrícola. Antes existían actuaciones dispersas sin coordinación nacional estructurada; esta orden introduce por primera vez un plan quinquenal integrado con financiación específica. Mientras algunas comunidades autónomas ya contaban con bancos de germoplasma regionales, la normativa estatal genera un sistema nacional de referencia que complementa (no sustituye) iniciativas autonómicas. La iniciativa responde a recomendaciones de la UE sobre seguridad alimentaria y resiliencia climática, adoptadas parcialmente por otros países europeos mediante estrategias similares. Para el ciudadano, esta regulación garantiza que variedades locales y cultivos minoritarios no desaparezcan, preserva opciones genéticas frente a crisis fitosanitarias y asegura el acceso público a recursos que serían irreversiblemente perdidos bajo criterios comerciales, fortaleciendo la soberanía alimentaria nacional.

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