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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 25 de septiembre de 1997 sobre límites máximos de residuos de productos fitosanitarios por la que se modifica el anexo II del Real Decreto 280/1994, de 18 de febrero.

BOE-A-1997-20978Publicada: 02/10/1997MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Actualización de límites de pesticidas en alimentos** Esta orden modifica una normativa anterior que establece los límites máximos de residuos de pesticidas permitidos en ciertos productos vegetales. Su objetivo es actualizar estos límites para varias sustancias activas utilizadas en productos fitosanitarios, asegurando que los niveles de estos compuestos en los alimentos no superen lo considerado seguro para la salud. Lo que cambia concretamente es la inclusión de nuevos límites máximos para sustancias como clortalonil, dimetomorf, fluroxipir, hexaconazol, hexaflumuron, miclobutanilo y, de forma provisional, metil-kresomix. Estos ajustes son necesarios para evaluar y autorizar nuevos productos fitosanitarios, así como para revisar los ya existentes. La orden entra en vigor el 2 de octubre de 1997, que es la fecha de su publicación. Los cambios en los límites de residuos se aplican desde ese momento para garantizar la seguridad alimentaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La normativa española sobre límites máximos de residuos de productos fitosanitarios se remonta a 1994, con actualizaciones periódicas para adaptarse a la evolución científica y a las normativas europeas. Esta orden de 1997 modifica el anexo de un Real Decreto anterior, introduciendo nuevos límites para diversas sustancias activas. Estos ajustes son cruciales para la protección del consumidor y para armonizar la legislación nacional con las directrices comunitarias, como las establecidas por la Directiva 83/189/CE. La aprobación de estos límites por parte de los ministerios competentes y su notificación a la Comisión Europea subrayan la importancia de la seguridad alimentaria y la cooperación internacional en esta materia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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