Ley 13/2018, de 21 de diciembre, de modificación de la Ley 3/1985, de 26 de diciembre, de ordenación de la Función Pública, sobre el régimen retributivo en la situación de incapacidad temporal.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Una ley que cambia cómo se pagan los sueldos a los empleados públicos asturianos cuando están de baja por incapacidad temporal. Antes, estos empleados sufrían descuentos en su sueldo durante la baja. Esta ley elimina esos descuentos. **¿A quién afecta?** A todos los empleados públicos del Principado de Asturias que se encuentren en situación de incapacidad temporal: funcionarios y empleados estatutarios que cotizan en el Régimen General de la Seguridad Social, así como funcionarios que cotizan en el Régimen de Mutualismo Administrativo. **¿Qué cambia o establece?** Se garantiza que durante la incapacidad temporal los empleados reciban el cien por cien de sus retribuciones fijas del mes en que comenzó la baja. Para quienes cotizan en el Régimen General, la administración asturiana dará un complemento que, sumado a la prestación de la Seguridad Social, alcance ese cien por cien. Para los funcionarios en Mutualismo Administrativo, se garantiza el cien por cien de sus retribuciones básicas y complementarias hasta que comience el subsidio de su régimen. La ley se aplica a bajas iniciadas desde el 7 de septiembre de 2018.
💬 Contexto ciudadano
La Ley 13/2018 asturiana mejora sustancialmente el marco anterior que permitía descuentos retributivos durante incapacidad temporal, alineándose con tendencias en algunas comunidades autónomas hacia mayor protección del poder adquisitivo. Mientras la normativa estatal de 1985 permitía mayor flexibilidad, esta reforma garantiza el cien por cien de retribuciones, estableciendo un estándar más protector que diversas CCAA con complementos parciales. Aunque no existe directiva UE obligatoria a este nivel, responde a principios de protección social del Derecho europeo. Para el empleado público asturiano, implica certeza económica en enfermedad, reduciendo riesgo de pobreza vulnerable y reconociendo su condición laboral incluso en incapacidad.