Orden ARM/3145/2009, de 19 de noviembre, por la que se regula la implantación del registro y transmisión electrónicos de los datos de la actividad de los buques pesqueros españoles.
¿Qué dice esta ley?
**Registro electrónico de la actividad pesquera** Esta orden ministerial establece la obligación para los capitanes de ciertos buques pesqueros españoles de registrar y transmitir electrónicamente los datos de su actividad. El objetivo es modernizar la forma en que se reportan las capturas y otras informaciones relevantes, pasando de los tradicionales diarios de a bordo en papel a sistemas digitales. Concretamente, los buques pesqueros españoles de más de 24 metros de eslora deberán utilizar equipos electrónicos para registrar información como las capturas. Estos datos se transmitirán de forma automática a las autoridades competentes. Existen algunas excepciones, como los buques que realizan mareas cortas en aguas españolas y desembarcan en puertos nacionales, o aquellos dedicados exclusivamente a la acuicultura. Esta nueva normativa entra en vigor el 1 de enero de 2010. La orden define el equipo mínimo necesario y las condiciones para su funcionamiento, buscando agilizar y mejorar el control de la actividad pesquera a nivel nacional y europeo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden ARM/3145/2009 se enmarca en una normativa europea que busca la digitalización del control pesquero. Previamente, los capitanes debían rellenar diarios de a bordo y declaraciones de desembarque en papel, un sistema que la Unión Europea ha ido sustituyendo por el registro y transmisión electrónica de datos. Esta orden adapta la legislación española a los reglamentos europeos 1966/2006 y 1077/2008, que imponen esta obligación a los buques comunitarios. Afecta principalmente a buques españoles de mayor tamaño, alineándose con el resto de Estados miembros que ya implementan o están en proceso de hacerlo, y es crucial para mejorar la trazabilidad y la gestión de los recursos pesqueros. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────