Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden ITC/360/2010, de 12 de febrero, por la que se regula el control metrológico del Estado de los sistemas de medida de líquidos distintos del agua denominados surtidores o dispensadores destinados al suministro a vehículos automóviles de sustancias no destinadas a su uso como combustible.

BOE-A-2010-3692Publicada: 06/03/2010MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO

¿Qué dice esta ley?

**Corrección en la medición de líquidos para vehículos** Esta orden ministerial se refiere a la forma en que se deben medir ciertos líquidos que se dispensan a vehículos, pero que no son combustibles. Se trata de una corrección de errores de una orden anterior publicada en 2010. Lo que cambia concretamente son pequeños detalles en la redacción de la orden original. Se corrigen errores tipográficos y de formato en la forma de expresar ciertos valores numéricos y en el uso de comillas para indicar que una letra representa un número. Estos cambios no alteran el significado ni el contenido técnico de la regulación, solo la precisión de su escritura. La corrección de estas erratas se aplica desde la fecha de publicación de esta nueva orden, que es el 6 de marzo de 2010. El objetivo es asegurar que la normativa sea clara y no dé lugar a interpretaciones erróneas en el futuro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden ITC/360/2010 establecía las normas para el control metrológico de surtidores de líquidos no combustibles para vehículos. El presente documento es una corrección de erratas de dicha orden, publicada en el BOE el 23 de febrero de 2010. Las correcciones son de carácter técnico y tipográfico, sin alterar el fondo de la regulación. A nivel nacional, el control metrológico es competencia del Estado, aunque las CCAA participan en su aplicación. La normativa europea también regula aspectos de metrología, pero esta orden se centra en un ámbito específico y nacional. La importancia de estas correcciones radica en garantizar la precisión y claridad de la ley, evitando ambigüedades en la aplicación de las mediciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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