Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre.
¿Qué dice esta ley?
[SKIP: texto>119868 chars]
💬 Contexto ciudadano
El Real Decreto 45/2019 moderniza un marco regulatorio zootécnico que se sostenía principalmente en disposiciones de los años 90 y principios de 2000, alineándose con los estándares europeos derivados de la Directiva 2003/54/CE y el Reglamento (CE) 1107/2005 sobre mejora genética animal. Aunque la ganadería es competencia compartida entre Estado y comunidades autónomas, este decreto estatal establece requisitos mínimos unifornes para registros genealógicos y criterios de selección en toda España, integrando sistemas que anteriormente permitían mayor variabilidad autonómica y fragmentación normativa. Para el ciudadano, esta actualización es relevante porque asegura la trazabilidad y calidad genética del ganado reproductor, garantías que inciden directamente en la seguridad alimentaria, sostenibilidad ganadera y competitividad internacional del sector agroalimentario español, además de facilitar la libre circulación de material reproductivo dentro del mercado único europeo.