Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 884/2011, de 24 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1519/2007, de 16 de noviembre, por el que se establecen los conocimientos y requisitos mínimos para ejercer la actividad profesional de marinero en buques de pesca.

BOE-A-2011-11219Publicada: 30/06/2011MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO

¿Qué dice esta ley?

**Más tiempo para acreditarse como marinero pescador** Este Real Decreto amplía el plazo para que los marineros puedan canjear su antiguo certificado de competencia por la nueva tarjeta de marinero pescador. El objetivo es dar una nueva oportunidad a aquellos profesionales del mar que, por diversas razones, no pudieron realizar este trámite en el tiempo establecido inicialmente. Concretamente, se elimina el plazo máximo para realizar este canje. Esto significa que los marineros que aún posean el certificado de competencia de marinero y deseen ejercer en buques de pesca o acuicultura, podrán seguir acreditando su profesionalidad sin la urgencia de una fecha límite. La medida entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, permitiendo a los afectados realizar el trámite de forma indefinida a partir de ahora. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Hasta ahora, la normativa exigía un canje del certificado de competencia de marinero por la tarjeta de marinero pescador antes de una fecha límite. Este Real Decreto, de ámbito nacional, responde a la necesidad de dar más tiempo a aquellos profesionales, a menudo de edad avanzada y con gran experiencia, que no pudieron completar el trámite. A diferencia de otras normativas que podrían tener plazos más estrictos, esta medida busca la flexibilidad. El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, junto con el de Fomento, son los competentes en esta materia, y la modificación es importante para garantizar la continuidad laboral de marineros con conocimientos probados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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