Orden MinisterialNacionalvigente

Orden ARM/3157/2011, de 10 de noviembre, por la que se establece el reparto porcentual de posibilidades de pesca del jurel y el rape entre las diferentes modalidades de pesca en las divisiones CIEM VIIIC y IXA.

BOE-A-2011-18201Publicada: 21/11/2011MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE, Y MEDIO RURAL Y MARINO

¿Qué dice esta ley?

**Reparto de cuotas de pesca para jurel y rape** Esta orden ministerial establece cómo se reparten las cantidades máximas de jurel y rape que los barcos españoles pueden pescar en ciertas zonas del mar. El objetivo es asegurar que la pesca sea sostenible, es decir, que no se pesquen más peces de los que pueden reproducirse, protegiendo así los recursos marinos para el futuro. Concretamente, la orden detalla qué porcentaje de la pesca total de jurel y rape se asigna a cada tipo de barco o arte de pesca. Esto significa que se definen las cuotas específicas para cada modalidad, basándose en datos históricos de capturas para que el reparto sea lo más justo posible. Esta orden entró en vigor el 21 de noviembre de 2011. Su aplicación es importante para la planificación de la actividad pesquera y para garantizar el cumplimiento de las normativas europeas sobre sostenibilidad de los recursos pesqueros. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden ARM/3157/2011 se enmarca en la Política Pesquera Común de la Unión Europea, que busca la explotación sostenible de los recursos marinos. Antes de esta orden, la distribución de las cuotas de pesca asignadas a España se realizaba de forma menos detallada. La normativa europea, como el Reglamento (CE) 2371/2002, permite a los Estados miembros decidir el reparto interno de sus cuotas. Esta orden concreta ese reparto para el jurel y el rape en las divisiones CIEM VIIIC y IXA, basándose en datos históricos de capturas entre 2002 y 2009. Su importancia radica en establecer un marco claro y equitativo para la gestión de estas pesquerías, vital para la supervivencia económica de las flotas y la conservación de las especies. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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