Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre, por el que se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en materia de registro de aguas y criterios de valoración de daños al dominio público hidráulico.
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes del Real Decreto 670/2013, el sistema de registro de aguas y valoración de daños al dominio público hidráulico era regulado por el Real Decreto 849/1986, con un marco menos detallado y adaptado a las necesidades de la época. La norma estatal establecía un régimen general, mientras que las Comunidades Autónomas tenían cierta autonomía en su aplicación, aunque con limitaciones. La Unión Europea, a través de directivas, influía en la regulación de recursos hídricos, pero no establecía un marco específico para el registro de aguas ni la valoración de daños. La importancia de esta modificación radica en su contribución a una regulación más homogénea y eficaz, alineada con los estándares europeos y mejor adaptada a las realidades actuales.