Orden MinisterialNacionalvigente

Orden PCI/227/2019, de 4 de marzo, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de febrero de 2019, por el que se establecen obligaciones de servicio público al prestador del servicio postal universal en las elecciones que se convoquen durante 2019.

BOE-A-2019-3112Publicada: 05/03/2019Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Una Orden que publica un Acuerdo del Consejo de Ministros de febrero de 2019 por el que se imponen obligaciones de servicio público a Correos y Telégrafos para facilitar la celebración de las elecciones convocadas durante 2019 (Elecciones a Cortes Generales el 28 de abril y elecciones locales, autonómicas y europeas el 26 de mayo). **¿A quién afecta?** Directamente a Correos y Telégrafos, que debe prestar estos servicios electorales especiales. Indirectamente, a los ciudadanos que voten por correo: residentes en España, residentes ausentes, temporalmente ausentes, personal embarcado de las Fuerzas Armadas, personal de buques, y personas internas en centros penitenciarios. **¿Qué cambia o establece?** Obliga a Correos a distribuir y recoger solicitudes de voto por correo, entregar documentación electoral certificada, recibir votos remitidos por correos, entregar esa documentación a las mesas electorales, y gestionar envíos de propaganda electoral de las candidaturas. Los servicios se prestarán desde la publicación de la convocatoria hasta cien días después del día de la votación.

💬 Contexto ciudadano

El derecho al voto por correo ya existía en la normativa electoral española, pero esta orden concretiza por primera vez las obligaciones operativas de Correos para garantizar su funcionamiento en elecciones específicas. Aunque otras democracias europeas (Alemania, Francia, Italia) cuentan con sistemas de voto postal más consolidados y permanentes, la regulación española ha optado históricamente por fórmulas más restrictivas, limitando este mecanismo a colectivos específicos como residentes ausentes y personal militar. Esta orden de 2019, resultado del Acuerdo del Consejo de Ministros, representa una formalización de compromisos que facilita el acceso al voto de ciudadanos temporalmente fuera de su territorio, reduciendo barreras de participación. Su importancia radica en que garantiza la igualdad de oportunidades electorales mediante la intervención directa de un prestador de servicios público obligado, aunque su carácter puntual—específico para elecciones de 2019—contrasta con los sistemas permanentes de otras jurisdicciones, evidenciando que España aún desarrolla esta modalidad de forma esporádica según convocatorias electorales.

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