Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 10 de octubre de 2014, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueban las características del procedimiento competitivo de subastas para la asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad regulado en la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre.

BOE-A-2014-10399Publicada: 14/10/2014MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

**Cómo se asigna el servicio de 'interrumpibilidad' eléctrica** Este documento explica cómo se decide quién presta un servicio llamado 'interrumpibilidad' en el sistema eléctrico. Básicamente, es un mecanismo para asegurar que haya suficiente energía disponible, incluso en momentos de mucha demanda, permitiendo que algunos consumidores reduzcan su consumo a cambio de una compensación. Afecta principalmente a las empresas que pueden ofrecer esta flexibilidad. Lo que cambia es que se establece un procedimiento concreto para asignar este servicio mediante subastas. Se definen las reglas de estas subastas, cuánto se va a subastar, el precio de partida y cuándo se realizarán. También se detalla cómo se pagará a quienes ofrezcan este servicio. Esta resolución se aprobó el 10 de octubre de 2014, pero las reglas que establece para las subastas y la asignación del servicio de interrumpibilidad son las que se aplican desde entonces, detallando el funcionamiento que se venía regulando. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Ley del Sector Eléctrico de 2013 consolidó la potestad de la Administración para gestionar la interrumpibilidad, un servicio que garantiza la estabilidad del suministro eléctrico. La Orden IET/2013/2013 desarrolló un mecanismo de subastas para asignar este servicio de forma eficiente y al menor coste. Esta Resolución de 2014 aprueba las características específicas de dicho procedimiento competitivo, detallando aspectos clave como las cantidades a adjudicar, el precio de salida y las reglas de la subasta. A diferencia de otros países, España ha optado por un sistema de subastas para la gestión de la demanda de interrumpibilidad, buscando optimizar la retribución y la disponibilidad del recurso. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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