Orden MinisterialNacionalvigente

Orden AAA/421/2015, de 5 de marzo, por la que se autoriza un trasvase de 20 hm³ desde los embalses de Entrepeñas-Buendía, a través del acueducto Tajo-Segura, para el mes de marzo de 2015.

BOE-A-2015-2716Publicada: 14/03/2015MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

¿Qué dice esta ley?

**Autorización de trasvase de agua Tajo-Segura en marzo de 2015** Esta orden ministerial autoriza la transferencia de 20 hectómetros cúbicos (hm³) de agua desde los embalses de Entrepeñas y Buendía hacia la cuenca del Segura, utilizando el acueducto Tajo-Segura. Esta medida se toma en una situación hidrológica excepcional, clasificada como nivel 3, debido a los bajos niveles de agua en los embalses de cabecera del río Tajo. Concretamente, la orden permite que el Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, previa consulta y con un informe favorable de la Comisión Central de Explotación del Acueducto Tajo-Segura, pueda autorizar de forma discrecional y justificada un volumen de hasta 20 hm³ mensuales en estas circunstancias. La decisión se basa en el volumen de agua disponible y las previsiones de aportaciones futuras. La autorización de este trasvase se hizo efectiva para el mes de marzo de 2015, tal como se detalla en la orden ministerial firmada el 5 de marzo de 2015. La normativa que regula estas transferencias, especialmente en situaciones de escasez, se encuentra en la Ley de evaluación ambiental y en un Real Decreto específico sobre el trasvase Tajo-Segura. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden AAA/421/2015 se enmarca en la gestión de los recursos hídricos a nivel nacional, específicamente en el trasvase Tajo-Segura, un sistema de ingeniería hidráulica que transfiere agua desde la cuenca del Tajo a la del Segura. Antes de esta orden, la normativa ya contemplaba situaciones hidrológicas excepcionales que permitían autorizaciones de trasvase discrecionales, siempre con informes técnicos favorables. Esta regulación se diferencia de enfoques más rígidos que podrían existir en otras CCAA o a nivel europeo, donde la gestión del agua puede estar más descentralizada o sujeta a acuerdos supranacionales. La aprobación de este tipo de órdenes es competencia del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y su importancia radica en la garantía del suministro a zonas con déficit hídrico, aunque genera debate político y social. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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