Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el calendario de instalación y verificación de los equipos de medida, control y comunicaciones (EMCC) del sistema de comunicación, ejecución y control del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad regulado en la Orden IET/2013/2013, de 31 de octubre, por la que se regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de diciembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Energía, po ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de diciembre de 2015 establece el calendario de instalación y verificación de los equipos de medida, control y comunicaciones (EMCC) para el servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, con ajustes derivados de la aplazación de su aplicación. 2. **CONTEXTO** La Orden IET/2013/2013 regula el mecanismo competitivo de asignación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad. La Resolución de 29 de octubre de 2014 aprobó el procedimiento del sistema de comunicación, ejecución y control necesario para su prestación. Posteriormente, la Orden de peajes de acceso de energía eléctrica para 2016 aplazó la fecha de aplicación de dicha resolución hasta el 1 de julio de 2016, con la obligación de adaptar el calendario de instalación y verificación de los EMCC. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de diciembre de 2015, publicada en el Boletín Oficial del Estado, establece un calendario para la instalación y verificación de los equipos de medida, control y comunicaciones (EMCC) del sistema de comunicación, ejecución y control del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad. Este calendario se ajusta a la aplazación prevista en la Orden de peajes de acceso de energía eléctrica para 2016, que pospone la fecha de aplicación de la Resolución de 29 de octubre de 2014 hasta el 1 de julio de 2016. En concreto, la Resolución establece que los proveedores del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad deberán disponer de EMCC instalados según lo previsto en la Resolución de 29 de octubre de 2014, con anterioridad al 1 de abril de 2016 (artículo 1). El operador del sistema dispondrá hasta el 30 de junio de 2016 para realizar el proceso de verificación y certificación de los equipos instalados (artículo 2). Además, durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2016, los proveedores que dispongan del certificado de los nuevos EMCC según el apartado tercero.3.5 del procedimiento aprobado en la Resolución de 29 de octubre de 2014 podrán optar por la utilización de dichos nuevos equipos o seguir utilizando los equipos ya adaptados según el apartado quinto.2 de dicha resolución (artículo 3). Finalmente, la presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (artículo 4). Esta norma se fundamenta en la disposición adicional segunda.2 de la Orden IET/2013/2013, que faculta a la Secretaría de Estado de Energía para aprobar el procedimiento del sistema de comunicación, ejecución y control necesario para la prestación del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad. La Resolución de 29 de octubre de 2014, aprobada en virtud de dicha facultad, establecía el procedimiento del sistema de comunicación, ejecución y control del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad. La Orden de peajes de acceso de energía eléctrica para 2016, al aplazar la fecha de aplicación de la Resolución de 29 de octubre de 2014, determina que la Secretaría de Estado de Energía deberá adaptar el calendario de instalación de los nuevos EMCC y el proceso de verificación y certificación de los mismos. Por ello, la Resolución de 23 de diciembre de 2015 establece un nuevo calendario, con fechas ajustadas a la nueva fecha de aplicación, garantizando la continuidad del servicio y la adecuación a los nuevos requisitos técnicos y normativos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 23 de diciembre de 2015 establece un calendario para la instalación y verificación de los EMCC del servicio de gestión de la demanda de interrumpibilidad, ajustado a la aplazación prevista en la Orden de peajes de acceso de energía eléctrica para 2016. Establece plazos específicos para los proveedores y el operador del sistema, permitiendo la transición entre los equipos antiguos y los nuevos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Calendario de instalación y verificación de EMCC**: Los proveedores deben instalar los equipos según la Resolución de 29 de octubre de 2014 antes del 1 de abril de 2016. ⚠️ **Plazo para verificación y certificación**: El operador del sistema tiene hasta el 30 de junio de 2016 para verificar los equipos instalados. 📋 **Opción de uso de nuevos o antiguos equipos**: Durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio de 2016, los proveedores pueden optar por los nuevos equipos o seguir utilizando los antiguos adaptados. ℹ️ **Efectos de la resolución**: La resolución entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de diciembre de 2015 - **Materias**: Energía eléctrica, gestión de la demanda de interrumpibilidad, equipos de medida y control - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la Resolución de 2015, el mecanismo de gestión de la demanda de interrumpibilidad estaba regulado por la Orden IET/2013/2013 y la Resolución de 2014, que establecían el sistema de comunicación y control necesario. Sin embargo, la aplicación se aplazó hasta 2016 por la Orden de peajes de acceso. La Resolución de 2015 ajusta este calendario, integrando las modificaciones derivadas del aplazamiento, lo cual es relevante para garantizar la correcta implementación del sistema en toda la Unión Europea, alineándose con las normativas estatales y autonómicas vigentes en materia de energía.