Orden MinisterialNacionalvigente

Orden AAA/2640/2015, de 2 de diciembre, por la que se fija para el año 2016 la renta de referencia.

BOE-A-2015-13389Publicada: 10/12/2015MINISTERIO DE AGRICULTURA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden AAA/2640/2015, de 2 de diciembre, por la que se fija para el año 2016 la r ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial AAA/2640/2015 fija la renta de referencia para el año 2016 en 28.396,56 euros, según la Ley 19/1995 de Modernización de las Explotaciones Agrarias. 2. **CONTEXTO** La Orden Ministerial se emite en cumplimiento de la Ley 19/1995, que establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación debe determinar periódicamente la renta de referencia. Esta norma se aplica en el marco de la Unión Europea y considera los datos de salarios del Instituto Nacional de Estadística. La orden entra en vigor el 1 de enero de 2016. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial AAA/2640/2015, de 2 de diciembre de 2015, establece la renta de referencia para el año 2016 en 28.396,56 euros, conforme al apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias. Esta ley, en su disposición final sexta, otorga al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la competencia de fijar periódicamente la renta de referencia, en cumplimiento de la normativa europea y considerando los datos de salarios del Instituto Nacional de Estadística. La orden establece que la renta de referencia se fija anualmente, de acuerdo con lo previsto en el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995. Esta norma se aplica en el marco del sistema de ayudas comunitarias a las explotaciones agrarias, que se basa en la renta de referencia como criterio para la asignación de subvenciones. La Orden Ministerial indica que la renta de referencia se fija en 28.396,56 euros para el año 2016, tras el análisis de los datos estadísticos y la aplicación de los criterios establecidos en la normativa europea. Esta cifra se calcula considerando la evolución de los salarios y la situación económica del sector agrario. La orden entra en vigor el 1 de enero de 2016, y su publicación en el Boletín Oficial del Estado permite que los interesados puedan recurrir contra ella. El recurso puede presentarse en dos vías: en reposición ante el titular del Departamento dentro de un mes, o directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional dentro de dos meses. No se permiten recursos simultáneos. La norma se emite en nombre del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y la firma corresponde a la Ministra Isabel García Tejerina. La orden se basa en la obligación legal del Ministerio de fijar la renta de referencia anualmente, según lo dispuesto en la Ley 19/1995. Esta norma no introduce cambios sustanciales, sino que simplemente actualiza la cifra de la renta de referencia para el año 2016, manteniendo la estructura y los criterios establecidos en la legislación vigente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial fija la renta de referencia para 2016 en 28.396,56 euros, en cumplimiento de la Ley 19/1995. La norma establece plazos y vías de recurso, y entra en vigor el 1 de enero de 2016. La fijación se realiza considerando datos estadísticos y normativa europea. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de la renta de referencia**: Se establece en 28.396,56 euros para el año 2016. ⚠️ **Vías de recurso**: Se permite recurso en reposición o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, sin posibilidad de simultaneidad. 📋 **Plazos**: El recurso en reposición tiene un mes, y el directo ante la Audiencia Nacional, dos meses. ℹ️ **Base legal**: Se basa en la Ley 19/1995 y en la normativa europea. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 2 de diciembre de 2015 - **Materias**: Agricultura, ayudas agrarias, renta de referencia, normativa europea - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden AAA/2640/2015, la fijación de la renta de referencia estaba regulada por la Ley 19/1995, que establecía la obligación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de determinarla periódicamente, en cumplimiento de la normativa estatal y europea. Esta norma se enmarca dentro del marco de la Unión Europea, donde las CCAA y el Estado tienen competencias diferenciadas en materia agraria. La importancia de esta orden radica en que establece un valor concreto para la renta de referencia en 2016, basado en datos estadísticos, lo que influye en el cálculo de ayudas y beneficios agrarios, afectando directamente a los agricultores y a la gestión fiscal y administrativa en el ámbito estatal y autonómico.

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