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ResoluciónNacionalvigente

Corrección de errores del Instrumento de ratificación del Convenio Internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004, hecho en Londres el 13 de febrero de 2004.

BOE-A-2017-1145Publicada: 04/02/2017JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Instrumento de ratificación del Convenio Internacional ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución corrige errores en la publicación del Instrumento de ratificación del Convenio Internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004. 2. **CONTEXTO** La Resolución se emite en el marco del sistema jurídico español, concretamente en el ámbito de la regulación marítima y ambiental. Se refiere a un error en la publicación del Instrumento de ratificación del Convenio, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 282, de 22 de noviembre de 2016. Estos errores afectan a la correcta interpretación y aplicación del Convenio. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución corrige dos errores en la publicación del Instrumento de ratificación del Convenio Internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004, hecho en Londres el 13 de febrero de 2004. El primer error se encuentra en la página 81762, artículo 9, apartado 2, letra b), donde se corrige la redacción de la frase: «pueda efectuarse una inspección pormenorizada» para que se lea correctamente como «pueda efectuarse una inspección pormenorizada». Este cambio busca garantizar la claridad y precisión del texto legal, evitando ambigüedades que podrían afectar la aplicación del Convenio. El segundo error se encuentra en la página 81771, Regla B-3, apartado 1, punto 2, donde se corrige la redacción de la frase: «hasta 2016, fecha después de la cual habrá de cumplir como mínimo la norma descrita en la regla D-2» para que se lea correctamente como «hasta 2016, fecha después de la cual habrá de cumplir como mínimo la norma descrita en la regla D-2». Este cambio busca corregir una posible ambigüedad en la fecha límite de cumplimiento de las normas de gestión del agua de lastre. La Resolución se fundamenta en el derecho internacional marítimo y ambiental, y su objetivo es asegurar que el Instrumento de ratificación se encuentre en perfecta armonía con el texto original del Convenio. La corrección de estos errores es fundamental para garantizar la aplicación correcta del Convenio, que busca prevenir la contaminación marítima por medio de la gestión adecuada del agua de lastre y los sedimentos. Estas correcciones no modifican el contenido esencial del Convenio, sino que buscan mejorar su claridad y precisión, facilitando su aplicación por parte de las autoridades competentes y los operadores marítimos. La Resolución no introduce nuevas obligaciones, sino que corrige errores en la redacción de las normas ya existentes, lo que no afecta a la vigencia del Convenio ni a los derechos y obligaciones de los Estados Partes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución corrige errores en la publicación del Instrumento de ratificación del Convenio Internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004. Estas correcciones buscan garantizar la claridad y precisión del texto legal. No modifican el contenido esencial del Convenio, sino que mejoran su redacción. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en la publicación del Instrumento de ratificación del Convenio de Londres 2004. ⚠️ Errores afectan la interpretación y aplicación del Convenio. 📋 Correcciones en dos puntos específicos del texto publicado. ℹ️ No modifican el contenido esencial del Convenio, sino su redacción. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 22 de noviembre de 2016 - **Materias**: Derecho marítimo, derecho ambiental, derecho internacional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Convenio de Londres 2004, agua de lastre, sedimentos, inspección marítima, corrección de errores, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta corrección, el Instrumento de ratificación del Convenio Internacional para el control y la gestión del agua de lastre y los sedimentos de los buques, 2004, estaba publicado con errores en el Boletín Oficial del Estado, lo que generaba ambigüedades en su interpretación. Esta norma, vigente a nivel estatal y compatible con el marco de la Unión Europea, busca garantizar la correcta aplicación del Convenio internacional, que establece estándares para la prevención de contaminación marítima. La importancia de esta corrección radica en su impacto en la claridad jurídica y la eficacia de la regulación ambiental marítima, tanto a nivel nacional como en el marco de la UE.

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