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ResoluciónNacionalvigente

Enmiendas de 2014 al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (Enmiendas a las reglas 2 y 13 y al Suplemento del Certificado IAPP del Anexo VI del Convenio MARPOL), adoptadas en Londres el 17 de octubre de 2014 mediante Resolución MEPC.258(67).

BOE-A-2017-337Publicada: 12/01/2017MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Enmiendas de 2014 al Anexo del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio Intern ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución MEPC.258(67) introduce enmiendas al Anexo VI del Convenio MARPOL, específicamente a las reglas 2 y 13, y al Suplemento del Certificado IAPP, entrando en vigor en España el 1 de marzo de 2016. **2. CONTEXTO** La Resolución MEPC.258(67) fue adoptada el 17 de octubre de 2014 en Londres por el Comité de Protección del Medio Marino. Se enmarca en el marco del Convenio MARPOL, que busca prevenir la contaminación marítima. Las enmiendas se aplican a los buques que utilizan motores alimentados únicamente por combustibles gaseosos y modifican las normas de incineración a bordo. La entrada en vigor en España se estableció mediante el Real Decreto 342/2012. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución MEPC.258(67) introduce modificaciones al Anexo VI del Convenio MARPOL, que establece reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques. Estas enmiendas se centran en dos aspectos principales: la aplicación de reglas específicas para buques con motores alimentados únicamente por combustibles gaseosos y la actualización de los requisitos para la incineración a bordo. En cuanto a los motores alimentados únicamente por combustibles gaseosos, la enmienda a la regla 2 establece que estos buques deben cumplir con las normas de emisiones establecidas en la resolución MEPC.243(66), que contiene directrices sobre el proceso del método aprobado. Esta norma se aplica a los buques que se construyan o modifiquen después del 1 de enero de 2016. La enmienda a la regla 13 se refiere al Suplemento del Certificado IAPP (International Air Pollution Prevention), que se utiliza para certificar la conformidad de los buques con las normas de emisiones. Se modifica para incluir requisitos adicionales relacionados con la instalación y operación de los motores alimentados únicamente por combustibles gaseosos. Además, se modifica el párrafo 2.5 de la regla 16, que se refiere a la incineración a bordo. La enmienda establece que los buques deben tener un incinerador que cumpla con las normas establecidas en las resoluciones MEPC.76(40), MEPC.244(66), MEPC.59(33) y MEPC.93(45), dependiendo de la fecha de instalación del incinerador. Esta modificación busca garantizar que los incineradores cumplan con los estándares de emisiones establecidos por el Convenio MARPOL. Las enmiendas entraron en vigor de forma general el 1 de julio de 2016, y en España el 1 de marzo de 2016, según lo dispuesto en el artículo 16.2).g).ii) del Convenio de 1973. La entrada en vigor en España fue formalizada mediante el Real Decreto 342/2012, de 10 de febrero, firmado por la Secretaria General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución MEPC.258(67) introduce enmiendas al Anexo VI del Convenio MARPOL para mejorar la prevención de la contaminación atmosférica marítima. Estas enmiendas se aplican a buques con motores de combustibles gaseosos y a los incineradores a bordo. La entrada en vigor en España se estableció el 1 de marzo de 2016. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Enmiendas a reglas 2 y 13 del Anexo VI del Convenio MARPOL**: Se aplican a buques con motores alimentados únicamente por combustibles gaseosos. ⚠️ **Requisitos de incineración a bordo**: Se actualizan las normas para incineradores instalados antes y después del 1 de enero de 2000. 📋 **Entrada en vigor en España**: El 1 de marzo de 2016, según el Real Decreto 342/2012. ℹ️ **Normativa internacional**: Se basa en el Convenio MARPOL y su Protocolo de 1978, con enmiendas aprobadas por el Comité de Protección del Medio Marino. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional (Organización Marítima Internacional – IMO) - **Fuente**: Resolución MEPC.258(67) - **Tipo**: Resolución - **Fecha de entrada en vigor**: 1 de marzo de 2016 (en España) - **Materias**: Contaminación atmosférica marítima, normativa ambiental marítima, buques, emisiones, incineración - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Convenio MARPOL, Anexo VI, incineración a bordo, combustibles gaseosos, normativa ambiental marítima, Resolución MEPC.258(67) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de las enmiendas de 2014, el Convenio MARPOL, vigente desde 1973 y modificado por el Protocolo de 1978, establecía normas generales para la prevención de la contaminación marítima, incluyendo el control de emisiones de los buques. Sin embargo, no contemplaba específicamente los buques con motores alimentados únicamente por combustibles gaseosos ni las normas de incineración a bordo. Estas enmiendas, adoptadas en el marco de la Unión Europea y aplicables a nivel estatal, como en España, reflejan una evolución hacia un control más estricto y específico de la contaminación atmosférica marítima, alineándose con estándares más avanzados de la UE y respondiendo a la necesidad de reducir emisiones contaminantes en el sector marítimo.

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