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ResoluciónNacionalvigente

Resolución de 23 de mayo de 2017, de la Confederación Hidrográfica del Segura, sobre el uso del sistema de código seguro de verificación.

BOE-A-2017-6017Publicada: 31/05/2017MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 23 de mayo de 2017, de la Confederación Hidrográfica del Segura, s ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 23 de mayo de 2017 de la Confederación Hidrográfica del Segura establece el uso del sistema de código seguro de verificación (CSV) para garantizar la autenticidad de documentos electrónicos y mejorar la seguridad en la gestión digital. 2. **CONTEXTO** Esta resolución se emite en cumplimiento de la normativa vigente sobre medios electrónicos en la administración pública. La Ley 39/2015 y la Ley 40/2015 establecen la obligación de las Administraciones Públicas de garantizar el acceso electrónico a los ciudadanos y la utilización de sistemas seguros. La Confederación Hidrográfica del Segura implementa el CSV como herramienta para cumplir con estos principios y mejorar la eficacia y seguridad jurídica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 23 de mayo de 2017 de la Confederación Hidrográfica del Segura introduce el sistema de código seguro de verificación (CSV) como herramienta para garantizar la autenticidad de documentos electrónicos. Este sistema se regula en el artículo 42.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el artículo 20 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, que desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. El CSV permite contrastar la autenticidad de documentos electrónicos, facilitando la agilización de los procedimientos y la seguridad en la gestión digital. La resolución establece que el sistema se implementará con mecanismos de control que permitan detectar intentos de acceso no autorizados desde una misma dirección IP y en un tiempo establecido. Estos mecanismos incluyen la comprobación de que los intentos no los realiza un sistema informático cuando se superen los umbrales previamente establecidos. Además, la resolución establece que, cuando se intente cotejar un documento emitido con CSV que ya no figure en el Catálogo por decisión judicial o por aplicación de la normativa vigente, aparecerá un mensaje informando de esta circunstancia. En el caso de que el documento haya sido sustituido por otro con un nuevo CSV, la respuesta al intento de cotejo contendrá una referencia a la existencia del nuevo documento y del CSV correspondiente. La resolución también menciona que los funcionarios públicos pueden utilizar otros sistemas de firma electrónica, como el certificado electrónico de empleado público, siempre que se respeten las instrucciones establecidas y se disponga de sistemas que identifiquen al titular del puesto de trabajo o cargo. Asimismo, se podrá emplear la firma electrónica basada en el Documento Nacional de Identidad u otro sistema reconocido, cuando resulte exigible conforme a la normativa aplicable. Finalmente, la resolución establece que entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y será publicada en la Sede Electrónica del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución introduce el sistema CSV como herramienta de seguridad para documentos electrónicos. Se basa en normativa vigente y busca mejorar la eficacia y seguridad jurídica. La implementación se realiza con mecanismos de control y se complementa con otros sistemas de firma electrónica. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Implementación del sistema de código seguro de verificación (CSV) para garantizar la autenticidad de documentos electrónicos. ⚠️ Establecimiento de mecanismos de control para detectar intentos de acceso no autorizados. 📋 Regulación basada en la Ley 40/2015 y el Real Decreto 1671/2009. ℹ️ Posibilidad de uso de otros sistemas de firma electrónica, como el certificado electrónico de empleado público. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 23 de mayo de 2017, de la Confederación Hidrográfica del Segura - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 23 de mayo de 2017 - **Materias**: Procedimiento administrativo, medios electrónicos, seguridad jurídica, firma electrónica - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 2017, las administraciones públicas en España ya utilizaban sistemas de seguridad electrónica, como el certificado digital, regulado por la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015. Sin embargo, la Confederación Hidrográfica del Segura introdujo el sistema de código seguro de verificación (CSV) como alternativa o complemento, con el objetivo de mejorar la autenticidad y seguridad de los documentos electrónicos. Este enfoque refleja una evolución hacia mecanismos más específicos y adaptados a las necesidades de ciertas administraciones, como las hidrográficas, en comparación con el marco estatal y europeo más general. La importancia de esta norma radica en su contribución a la modernización y seguridad de la gestión digital en el ámbito local.

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