Acuerdo Internacional Administrativo entre la Organización Mundial del Turismo y la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital del Reino de España, para el sostenimiento de la Secretaría Permanente de los miembros afiliados en la Sede de la Organización en 2017, hecho en Madrid el 23 de octubre de 2017.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Acuerdo Internacional Administrativo entre la Organización Mundial del Turismo y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** Este acuerdo internacional establece el sostenimiento de la Secretaría Permanente de los Miembros Afiliados en la sede de la Organización Mundial del Turismo (OMT) en 2017, mediante la colaboración entre España y la OMT. 2. **CONTEXTO** El acuerdo fue firmado en Madrid el 23 de octubre de 2017 por la Secretaria de Estado de Turismo del Reino de España y el Secretario General de la OMT. Se basa en el Convenio de Sede de 2015 y en el Convenio Administrativo de 1993, que estableció la Secretaría Permanente de los Miembros Afiliados. El objetivo es garantizar la continuidad de esta Secretaría en la sede de la OMT durante el año 2017. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** Este Acuerdo Internacional Administrativo entre la Organización Mundial del Turismo (OMT) y la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital del Reino de España establece el sostenimiento de la Secretaría Permanente de los Miembros Afiliados en la sede de la OMT durante el año 2017. El acuerdo se fundamenta en el Convenio de Sede de 2015, que reconoce la cooperación del gobierno español con la OMT, y en el Convenio Administrativo de 1993, que estableció la Secretaría Permanente de los Miembros Afiliados. El acuerdo establece que la Secretaría Permanente de los Miembros Afiliados será sostenida por el Reino de España durante el año 2017. Para ello, se establece un contrato de trabajo de 6 meses para el Secretario de la Secretaría, que será considerado como período de prueba, ampliable al período de duración del acuerdo y renovable anualmente. El contrato se extinguirá una vez que se decida su cese. Además, el acuerdo establece que las partes firmantes se remitirán a lo establecido en el Acuerdo entre la OMT y España sobre el estatuto jurídico de la Organización en España para la resolución de las diferencias que puedan surgir en la aplicación del acuerdo. El acuerdo entró en vigor el 23 de octubre de 2017, fecha de su firma, según se establece en su cláusula quinta. El acuerdo fue firmado por la Secretaria de Estado de Turismo, Matilde Pastora Asían González, y por el Secretario General de la OMT, Taleb Rifai. El acuerdo fue ratificado por el Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino, el 17 de noviembre de 2017. El acuerdo se basa en el principio de cooperación, ya recogido en el artículo 25 del Convenio de Sede de 1975, y en el punto 7 del Anexo «Reglas de Financiación» de los Estatutos de la OMT. Este punto establece que la cooperación del gobierno español con la OMT debe darse con el fin de que puedan alcanzarse sus objetivos de la manera más eficaz o menos onerosa posible, habida cuenta de la experiencia y de la competencia de España en materia de turismo. El acuerdo también establece que el Secretario de la Secretaría de los Miembros Afiliados será designado por la Secretaría de Estado de Turismo entre profesionales del sector turístico de reconocida valía y prestigio. En resumen, el acuerdo establece el sostenimiento de la Secretaría Permanente de los Miembros Afiliados en la sede de la OMT durante el año 2017, mediante la colaboración entre España y la OMT, y establece las condiciones para la contratación del Secretario de la Secretaría, así como los mecanismos para la resolución de conflictos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** Este acuerdo establece la colaboración entre España y la OMT para el sostenimiento de la Secretaría Permanente de los Miembros Afiliados en 2017. Establece las condiciones para la contratación del Secretario de la Secretaría y los mecanismos para la resolución de conflictos. El acuerdo entró en vigor el 23 de octubre de 2017. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Colaboración entre España y la OMT** para el sostenimiento de la Secretaría Permanente de los Miembros Afiliados en 2017. ⚠️ **Contrato de 6 meses** para el Secretario de la Secretaría, ampliable y renovable anualmente. 📋 **Mecanismos de resolución de conflictos** basados en el Acuerdo entre la OMT y España sobre el estatuto jurídico de la Organización en España. ℹ️ **Entrada en vigor el 23 de octubre de 2017**, fecha de firma del acuerdo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional - **Fuente**: Acuerdo Internacional Administrativo entre la OMT y España - **Tipo**: Acuerdo internacional - **Fecha**: 23 de octubre de 2017 - **Materias**: Turismo, cooperación internacional, secretaría de la OMT - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: OMT, Secretaría Permanente, cooperación, turismo, España, Acuerdo internacional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de este acuerdo de 2017, la Secretaría Permanente de los Miembros Afiliados de la OMT dependía de los convenios anteriores, como el Convenio Administrativo de 1993 y el Convenio de Sede de 2015, que establecían su funcionamiento y financiación. Este nuevo acuerdo, firmado entre España y la OMT, refuerza la colaboración estatal y europea en la gestión de la Secretaría, destacando el rol del Estado español como socio clave en la OMT. Importa porque muestra cómo los acuerdos internacionales y los marcos jurídicos estatales y europeos se complementan para garantizar la continuidad y eficacia de instituciones multilaterales.