Orden MinisterialNacionalvigente

Orden APM/1290/2017, de 22 de diciembre, por la que se fija para el año 2018 la renta de referencia.

BOE-A-2017-15611Publicada: 28/12/2017Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden APM/1290/2017, de 22 de diciembre, por la que se fija para el año 2018 la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente fija la renta de referencia para el año 2018 en 28.725,31 euros, según el régimen establecido en la Ley 19/1995. 2. **CONTEXTO** La Ley 19/1995 establece que el Ministerio debe determinar periódicamente la renta de referencia. Esta norma se aplica en el ámbito de las explotaciones agrarias y se ajusta a la normativa europea. La renta de referencia se calcula considerando datos de salarios del Instituto Nacional de Estadística. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden APM/1290/2017, de 22 de diciembre, fija la renta de referencia para el año 2018 en 28.725,31 euros. Esta determinación se realiza en cumplimiento de la disposición final sexta de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias. Según dicha ley, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (actualmente Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente) debe realizar periódicamente la determinación de la renta de referencia de conformidad con lo previsto en el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995. Este apartado establece que la determinación se realizará de acuerdo con la normativa de la Unión Europea y teniendo en cuenta los datos de salarios publicados por el Instituto Nacional de Estadística. La Orden APM/1290/2017 establece que la renta de referencia a que se refiere el apartado 12 del artículo 2 de la Ley 19/1995 queda fijada para el año 2018 en la cantidad de 28.725,31 euros. Esta cantidad se calcula considerando los datos de salarios del año anterior, ajustados a la normativa europea vigente. La orden tiene efectos desde el 1 de enero de 2018, lo que significa que desde esa fecha se aplicará esta renta de referencia en el ámbito de las explotaciones agrarias. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y se firma por la Ministra de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina. La determinación de la renta de referencia es un mecanismo clave para la regulación de ayudas y subvenciones en el sector agrario, ya que se utiliza como base para el cálculo de las prestaciones y beneficios que se otorgan a las explotaciones agrarias. La renta de referencia se calcula con base en los salarios medios de los trabajadores del sector agrario, ajustados a la normativa europea. Esta metodología garantiza que la renta de referencia sea representativa de los ingresos medios del sector, lo que permite una distribución más justa y equitativa de las ayudas y subvenciones. La Orden APM/1290/2017 establece que la renta de referencia se fija anualmente, lo que permite adaptarla a las variaciones económicas y sociales del sector agrario. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden APM/1290/2017 fija la renta de referencia para 2018 en 28.725,31 euros, en cumplimiento de la Ley 19/1995. La determinación se realiza considerando datos de salarios y normativa europea. La norma entró en vigor el 1 de enero de 2018. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fija renta de referencia para 2018**: 28.725,31 euros. ⚠️ **Aplica normativa europea y datos de salarios**: para garantizar representatividad. 📋 **Vigencia desde 1 de enero de 2018**: para aplicaciones en ayudas agrarias. ℹ️ **Basada en Ley 19/1995**: que establece el régimen de determinación periódica. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden APM/1290/2017 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 22 de diciembre de 2017 - **Materias**: Agricultura, Salarios, Ayudas agrarias, Renta de referencia - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden APM/1290/2017, la renta de referencia para el sector agrario se regulaba bajo la Ley 19/1995, que establecía la obligación del Ministerio de Agricultura de fijarla periódicamente, ajustándose a la normativa estatal y europea. Esta norma se integraba en el marco de la Unión Europea, donde la fijación de la renta de referencia era un mecanismo clave para la concesión de ayudas agrarias. La importancia de esta regulación radica en su incidencia en el cálculo de beneficios y en la asignación de subvenciones, lo que la convierte en un elemento fundamental para la política agraria común de la UE y el sistema estatal de apoyo a las explotaciones agrarias.

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