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Real Decreto 1035/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula el establecimiento y cambio de puerto base de los buques pesqueros, y por el que se modifica el Real Decreto 1549/2009, de 9 de octubre, sobre ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca.

BOE-A-2017-14861Publicada: 16/12/2017Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1035/2017, de 15 de diciembre, por el que se regula el establecimie ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1035/2017 regula el establecimiento y cambio de puerto base de los buques pesqueros, modificando el Real Decreto 1549/2009, y establece normas sobre la actividad pesquera, el esfuerzo pesquero y la ordenación del sector. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1838/1997, vigente durante más de veinte años, regulaba aspectos clave de la actividad pesquera, como el puerto base y el control del esfuerzo pesquero. Sin embargo, con la entrada en vigor de la Ley 3/2001 y su posterior modificación por la Ley 33/2014, se creó una nueva normativa que dejó pendientes algunos aspectos, como los requisitos para los buques que operan fuera del caladero nacional y la vinculación socioeconómica con su puerto base. Además, era necesario regular los puertos base en Ceuta y Melilla, cuya competencia corresponde al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1035/2017 introduce una serie de modificaciones y regulaciones en materia de establecimiento y cambio de puerto base de los buques pesqueros, con el objetivo de adaptar la normativa a los nuevos marcos legales y a las necesidades del sector. En primer lugar, se modifica el Real Decreto 1549/2009, que establecía normas sobre la ordenación del sector pesquero, para alinear su contenido con la Ley 3/2001 y la Ley 33/2014, que han introducido un marco más completo y detallado sobre el puerto base, el establecimiento de puerto base, los cambios de base y los requisitos asociados. El Real Decreto 1035/2017 establece que los buques pesqueros pueden cambiar de puerto base siempre que se respeten los requisitos legales y que no afecten al esfuerzo pesquero ni a la regulación de la licencia de pesca comunitaria. Además, se establece que las comunidades autónomas tienen competencia para autorizar cambios de base entre puertos de su propio territorio, siempre que no afecten a la regulación del esfuerzo pesquero ni a la licencia de pesca comunitaria, que corresponde al Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente. En cuanto a los buques dedicados a la pesca de artes menores, no sujetos a reglamentación específica, se elimina la limitación establecida en la Orden ministerial de 20 de noviembre de 1979 y en el Real Decreto 2066/2004, que regulaban la construcción, reparación e instalación de embarcaciones de menos de 20 toneladas de registro bruto. Esta modificación permite una mayor flexibilidad en la gestión de estos buques, sin afectar a la normativa general del sector. El Real Decreto también establece que el presente texto tiene carácter de norma básica en materia de ordenación del sector pesquero, dictada en virtud del artículo 149.1.19.ª de la Constitución. Además, se señala que todo lo relacionado con el esfuerzo pesquero, licencias comunitarias, permisos temporales de pesca, planes de gestión y posibilidades de pesca constituye legislación en materia de pesca marítima. Finalmente, se faculta al Ministro de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente para dictar disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto, y se establece que entrará en vigor el 1 de enero de 2018. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1035/2017 actualiza y regula el establecimiento y cambio de puerto base de los buques pesqueros, alineándose con la normativa vigente y adaptándose a las necesidades del sector. Establece normas claras sobre la autorización de cambios de base, la competencia de las comunidades autónomas y la flexibilidad en la gestión de embarcaciones de artes menores. Entró en vigor el 1 de enero de 2018. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación del establecimiento y cambio de puerto base**: Se establecen normas claras sobre cómo se puede cambiar el puerto base de los buques pesqueros, respetando el esfuerzo pesquero y las licencias. ⚠️ **Competencia de las comunidades autónomas**: Las comunidades autónomas pueden autorizar cambios de base entre puertos de su territorio, siempre que no afecten a la regulación del esfuerzo pesquero. 📋 **Flexibilidad en embarcaciones de artes menores**: Se eliminan limitaciones anteriores sobre la construcción y reparación de embarcaciones de menos de 20 toneladas de registro bruto. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entró en vigor el 1 de enero de 2018. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1035/2017 - **Tipo**: Norma básica - **Fecha**: 15 de diciembre de 2017 - **Materias**: Ordenación del sector pesquero, puerto base, esfuerzo pesquero, licencias de pesca, competencia territorial - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 1035/2017, el régimen de puerto base de los buques pesqueros estaba regulado por el Real Decreto 1838/1997, vigente durante más de veinte años, y por el Real Decreto 1549/2009, que no abordaba completamente las nuevas exigencias derivadas de la Ley 3/2001 y su posterior modificación. La normativa estatal no contemplaba adecuadamente la actividad pesquera en Ceuta y Melilla, ni los requisitos para buques que operaban fuera del caladero nacional. Esta situación generaba incertidumbre y necesitaba una adaptación a los marcos europeos y a las realidades socioeconómicas del sector, lo que justifica la necesidad de este nuevo real decreto.

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