Corrección de errores del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se r ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 772/2017 se corrige mediante rectificaciones para subsanar errores tipográficos y de redacción en diversos artículos y anexos. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 772/2017, publicado en el Boletín Oficial del Estado el 29 de julio de 2017, establece el régimen de potencial de producción vitícola. Posteriormente, se detectaron errores en su redacción, lo que motivó la emisión de una corrección. Esta norma se publica como norma de corrección de errores, con el objetivo de garantizar su correcta aplicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 772/2017, de 28 de julio, por el que se regula el potencial de producción vitícola, fue corregido mediante una norma de corrección de errores, publicada en el Boletín Oficial del Estado. La corrección incluye diversas rectificaciones en artículos y anexos, con el fin de subsanar errores tipográficos y de redacción que afectaban la claridad y aplicación de la norma. En concreto, en el artículo 3.m) de la página 70488, se corrige el término "Joven Viticultor" por "Nuevo Viticultor". En el artículo 6.1 de la página 70489, se modifica la redacción de la frase "Cada año el Ministerio…" por "Para cada año el Ministerio…". En el artículo 6.4 de la misma página, se corrige "Antes de la fecha establecida…" por "A la fecha establecida…". En el artículo 8.1.a) de la página 70491, se elimina la mención al "consentimiento del arranque del propietario", ya que se considera redundante, y se mantiene solo la obligación de adjuntar el consentimiento del propietario para la plantación de viñedo, salvo que se justifique su innecesidad. En el artículo 10.1.a) de la página 70493, se corrige "joven viticultor" por "nuevo viticultor" y se modifica la referencia a "párrafo quinto" por "párrafo cuarto". En el artículo 10.1.b) de las páginas 70493 y 70494, se corrige la mención a "artículo 16" por "artículo 17" y se ajusta la redacción del párrafo sexto. Además, se realizan correcciones en los anexos. En el Anexo XI, se elimina el subtítulo "Datos". En el Anexo XIII, se corrige la referencia a "Anexo XIII" por "Anexo XIV" en el asterisco a pie de tabla. En el Anexo XV, se modifica la redacción de las columnas referidas a replantaciones y se actualiza la referencia a "artículo 12" por "artículo 13", y "artículo 15" por "artículo 16", y "artículo 21" por "artículo 22". En el Anexo XVII, se corrige la referencia a "Anexo XII" por "Anexo XIV". En el Anexo XVIII, se incluye una nueva fila con la fecha límite de comunicación: 1 de octubre. Finalmente, en el Anexo XXI, se añaden nuevas variedades de uva, como "Coromina, B", "Forcada, T", "Gonfaus, T", "Moneu, T" y "Solana, T", a continuación de otras variedades existentes. Estas correcciones buscan garantizar la precisión y coherencia de la norma, evitando confusiones en la aplicación de los requisitos establecidos para el potencial de producción vitícola, así como en la documentación y trámites relacionados con la plantación y replantación de viñedos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 772/2017 fue corregido para subsanar errores en su redacción. Las correcciones afectan a varios artículos y anexos, con el objetivo de garantizar la correcta aplicación de la norma. Las modificaciones incluyen cambios en términos, referencias a artículos y ajustes en la documentación asociada al régimen de potencial de producción vitícola. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se subsanan errores tipográficos y de redacción en el Real Decreto 772/2017. ⚠️ **Modificaciones en artículos clave**: Se ajustan referencias a artículos y párrafos, como el cambio de "joven viticultor" a "nuevo viticultor". 📋 **Actualización de anexos**: Se incluyen nuevas variedades de uva y se corrigen referencias a anexos. ℹ️ **Fecha límite de comunicación**: Se añade una fecha límite en el Anexo XVIII para la comunicación de datos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Real Decreto de corrección de errores - **Fecha**: 29 de julio de 2017 (publicación original), fecha de corrección no especificada - **Materias**: Agricultura, viticultura, normativa de producción - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 772/2017, potencial de producción vitícola, corrección de errores, viticultura, agricultura, normativa, anexos, documentación, trámites, superficie, replantaciones, variedades de uva ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de la corrección del Real Decreto 772/2017, existían normas estatales y de las Comunidades Autónomas que regulaban el potencial de producción vitícola, pero con inconsistencias en su redacción que generaban ambigüedades. La norma corregida busca armonizar estas regulaciones, asegurando una aplicación uniforme a nivel estatal y autonómico, lo cual es crucial para garantizar la transparencia y la coherencia en el sistema vitivinícola español, especialmente en el marco de la Unión Europea, donde la regulación común es esencial para el comercio y la competitividad del sector.