Orden MinisterialNacionalvigente

Sentencia de 25 de junio de 2018, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso interpuesto contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establecen las retribuciones de las empresas de distribución de energía eléctrica para 2016.

BOE-A-2018-12465Publicada: 13/09/2018TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 25 de junio de 2018, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso interpuesto contra la Orden IET/980/2016, anulando su parte relativa al cálculo del «IBATfiabilidad» y del «IBObase». 2. **CONTEXTO** El recurso contencioso-administrativo número 1/4922/2016 fue interpuesto por la empresa José Ferré Segura e Hijos, S.R.L. contra la Orden IET/980/2016, que establecía las retribuciones de las empresas de distribución de energía eléctrica para 2016. La sentencia fue dictada el 25 de junio de 2018 por la Sala Tercera del Tribunal Supremo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo analiza la legalidad de la Orden IET/980/2016, que establecía las retribuciones para las empresas de distribución eléctrica en el año 2016. La Sala Tercera concluye que la Orden es conforme a Derecho en su totalidad, salvo en los aspectos relacionados con el cálculo del «IBATfiabilidad» y del «IBObase». En este sentido, la sentencia estima parcialmente el recurso, anulando dichas partes para que la Administración considere las instalaciones mencionadas en la pericia citada en el Fundamento Cuarto de la sentencia. El Tribunal considera que el cálculo de dichos indicadores no se ajusta a los requisitos legales, ya que no se tuvo en cuenta la información proporcionada por la pericia que se había solicitado. Por otro lado, el Tribunal desestima los restantes motivos de impugnación, reconociendo que la Orden no vulnera el derecho de los ciudadanos ni la legalidad general. La sentencia establece que la Administración debe revisar el cálculo retributivo teniendo en cuenta las instalaciones mencionadas en la pericia, lo cual implica una revisión de los criterios utilizados para determinar las retribuciones de las empresas de distribución. La Sala Tercera también decide no imponer costas procesales, lo que refleja la consideración de que el recurso no tuvo un impacto significativo en la Administración. La sentencia se fundamenta en el artículo 106.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, que establece que las decisiones de las Administraciones Públicas deben ser conforme a derecho. Además, la sentencia se basa en el artículo 110 de la misma ley, que establece que las decisiones deben ser motivadas y respetar los derechos de los interesados. La Sala Tercera también aplica el artículo 127.1 de la Constitución Española, que garantiza el derecho de acceso a la justicia y la protección de los derechos fundamentales. En este caso, el Tribunal considera que el recurso ha sido formulado correctamente y que la Orden impugnada no viola los derechos de los ciudadanos ni la legalidad general. La sentencia también se refiere al artículo 128 de la Constitución, que establece que la Administración debe actuar con transparencia y responsabilidad. La Sala Tercera concluye que la Orden IET/980/2016 es conforme a Derecho en su totalidad, salvo en los aspectos mencionados, y que la Administración debe revisar el cálculo retributivo teniendo en cuenta las instalaciones mencionadas en la pericia. La sentencia refleja la importancia de que las decisiones de las Administraciones Públicas se fundamenten en criterios legales y técnicos adecuados, y que se respeten los derechos de los interesados. La Sala Tercera también destaca la necesidad de que las decisiones administrativas sean motivadas y que se respeten los principios de legalidad, transparencia y responsabilidad. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La sentencia del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso, anulando la parte relacionada con el cálculo del «IBATfiabilidad» y del «IBObase». La Orden IET/980/2016 es conforme a Derecho en su totalidad, salvo en esos aspectos. La Administración debe revisar el cálculo retributivo considerando las instalaciones mencionadas en la pericia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso, anulando la parte relacionada con el cálculo del «IBATfiabilidad» y del «IBObase». ⚠️ La Orden IET/980/2016 es conforme a Derecho en su totalidad, salvo en los aspectos mencionados. 📋 La Administración debe revisar el cálculo retributivo considerando las instalaciones mencionadas en la pericia. ℹ️ La sentencia refleja la importancia de que las decisiones administrativas se fundamenten en criterios legales y técnicos adecuados. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 25 de junio de 2018 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de energía, retribuciones de empresas de distribución eléctrica - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Sentencia del Tribunal Supremo de 25 de junio de 2018, las empresas de distribución eléctrica en España regulaban sus retribuciones mediante órdenes de la Administración, como la Orden IET/980/2016, sin un marco jurídico claro que garantizara su transparencia y legalidad. Esta sentencia establece un marco comparativo con el derecho estatal y la normativa de la Unión Europea, que exige una mayor transparencia y justicia en el cálculo de retribuciones. La importancia de esta sentencia radica en que establece límites a la discrecionalidad administrativa y fomenta un sistema más equitativo y conforme a derecho, alineándose con principios de la UE sobre competencia y regulación energética.

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