Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TEC/1428/2018, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos correspondientes al ejercicio 2019.

BOE-A-2018-18097Publicada: 31/12/2018MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TEC/1428/2018, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las cuotas de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden TEC/1428/2018 establece las cuotas que deben abonar los sujetos obligados a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) para el año 2019, según el marco normativo vigente. 2. **CONTEXTO** La norma se inscribe en el marco legal del Sector de Hidrocarburos, regulado por la Ley 34/1998, y en el desarrollo reglamentario del Real Decreto 1716/2004, modificado por el Real Decreto 984/2015. La CORES es una entidad central de almacenamiento con funciones de gestión de reservas estratégicas de hidrocarburos. La Orden establece las cuotas que los sujetos obligados deben pagar anualmente para financiar estas funciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden TEC/1428/2018, de 27 de diciembre de 2018, aprueba las cuotas que deben abonar los sujetos obligados a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) para el ejercicio 2019. Estas cuotas se establecen en función del grupo de productos petrolíferos al que pertenezcan, como gasolinas, gasóleos, querosenos y fuelóleos, según el artículo 25 del Real Decreto 1716/2004, modificado por el Real Decreto 984/2015. Asimismo, se establecen cuotas para los sujetos obligados a mantener existencias mínimas de seguridad de gases licuados del petróleo y de gas natural, así como para la diversificación del suministro de gas natural. El artículo 26 del Real Decreto 1716/2004 establece que el Ministro de Industria, Energía y Turismo (en este caso, la Ministra para la Transición Ecológica) debe aprobar las cuotas anuales previa propuesta de CORES que incluya el presupuesto de ingresos y gastos, así como un plan estratégico. La Orden TEC/1428/2018 contiene las cuotas aprobadas para el año 2019, que se aplicarán a las ventas o consumos realizados en el mes de diciembre de 2018, y a las ventas o consumos del año 2019 para los sujetos obligados mencionados en el apartado segundo. La Orden establece que el pago de las cuotas se realizará mediante formularios aprobados por la Orden ITC/18/2005 y la Orden ITC/1377/2009. Además, se señala que la Orden producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado hasta la aprobación de las cuotas para el año 2020. En cuanto a los recursos, se permite interponer un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional dentro de un plazo de dos meses desde la publicación, o un recurso de reposición ante el órgano que dictó la orden dentro de un mes. La norma se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 27 de diciembre de 2018, y fue firmada por la Ministra para la Transición Ecológica, José Domínguez Abascal, como Secretario de Estado de Energía. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden TEC/1428/2018 establece las cuotas que deben abonar los sujetos obligados a la CORES para el año 2019, según el marco legal vigente. Estas cuotas se aplican a ventas y consumos realizados en 2018 y 2019, y se pueden impugnar mediante recursos administrativos o contencioso-administrativos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación de cuotas para 2019**: La Orden establece las cuotas que deben abonar los sujetos obligados a la CORES. ⚠️ **Plazos de pago**: Las cuotas se aplican a ventas y consumos del año 2018 y 2019. 📋 **Formularios de pago**: Se utilizan formularios aprobados en órdenes anteriores. ℹ️ **Recursos legales**: Se permite interponer recursos de reposición o contencioso-administrativo. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden TEC/1428/2018 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de diciembre de 2018 - **Materias**: Energía, Hidrocarburos, Reservas estratégicas, Cuotas, CORES - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TEC/1428/2018, el marco normativo de las cuotas para la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) se regulaba mediante el Real Decreto 1716/2004, modificado posteriormente por el Real Decreto 984/2015. Esta norma establecía un sistema estatal de cuotas basado en el tipo de producto petrolífero, sin diferenciación entre comunidades autónomas. La importancia de la Orden TEC/1428/2018 radica en que introduce una regulación más específica y actualizada, adaptada a las necesidades del mercado y a la estructura de la CORES, reflejando una evolución del marco jurídico estatal y comunitario en materia de hidrocarburos.

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