Orden MinisterialNacionalvigente

Orden TEC/1366/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen los peajes de acceso de energía eléctrica para 2019.

BOE-A-2018-17606Publicada: 22/12/2018Ministerio para la Transición Ecológica

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TEC/1366/2018, de 20 de diciembre, por la que se establecen los peajes de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden TEC/1366/2018 establece los peajes de acceso a la energía eléctrica para el año 2019, regulando su cálculo, liquidación y aplicación conforme a la normativa vigente del Sector Eléctrico. **2. CONTEXTO** Esta norma se emite en el marco de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, que atribuye a la Administración General del Estado la competencia para regular los peajes y cargos por costes regulados. La Orden busca aplicar la metodología establecida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, considerando los costes de las redes de transporte y distribución. Además, establece que los peajes se fijan anualmente basándose en estimaciones realizadas, y que, hasta la aprobación de la metodología, la Ministra para la Transición Ecológica fija las cantidades a satisfacer por los consumidores. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden TEC/1366/2018 regula los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica para el año 2019, conforme a lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. En concreto, el artículo 3.7 de dicha ley establece que es competencia de la Administración General del Estado regular la estructura de los cargos por costes regulados y de los peajes correspondientes al uso de redes de transporte y distribución, así como establecer los criterios para el otorgamiento de garantías por los sujetos que corresponda y fijar, en su caso, el precio voluntario para el pequeño consumidor como precio máximo del suministro de energía eléctrica a los consumidores que reglamentariamente se determinen. Asimismo, el artículo 16 de la Ley 24/2013 establece que el titular del actual Ministerio para la Transición Ecológica, previo Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, dictará las disposiciones necesarias para el establecimiento de los precios de los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución, que se establecerán de acuerdo con la metodología establecida por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, considerando a estos efectos el coste de la retribución de estas actividades y los cargos necesarios que se establecerán de acuerdo con la metodología prevista en el presente artículo para cubrir otros costes de las actividades del sistema que correspondan. En el apartado 5 del artículo 16, se determina que, con carácter general, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 19, los peajes de acceso a las redes y los cargos se establecerán anualmente con base en las estimaciones realizadas. Por su parte, la disposición transitoria decimocuarta de la Ley 24/2013 sobre aplicación de cargos determina que hasta el desarrollo de la metodología de cálculo de los cargos de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16, las cantidades que deberán satisfacer los consumidores para cubrir los costes del sistema serán fijadas por la actual Ministra para la Transición Ecológica. La Orden TEC/1366/2018 también establece que, una vez aprobadas las órdenes ministeriales de retribución correspondientes al año 2019, se liquidarán las obligaciones de pago o, en su caso, los derechos de cobro que resulten de su aplicación con cargo a la siguiente liquidación que realice el organismo encargado de las mismas con posterioridad a la fecha en que se aprueben dichas órdenes. Estas cantidades tendrán la consideración de ingreso o coste liquidable del sistema a los efectos previstos en el procedimiento de liquidación de los costes del sistema eléctrico. En cuanto a la derogación, la Orden establece que quedan derogados expresamente los artículos primero a noveno, ambos inclusive, de la Orden ITC/3127/2011, así como la disposición adicional primera y las disposiciones transitorias primera y segunda de dicha Orden. Además, se derogarán cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en la presente orden. Finalmente, la Orden entra en vigor el día 1 de enero de 2019, salvo el apartado 1 de la disposición derogatoria única, que entrará en vigor en la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden TEC/1366/2018 establece los peajes de acceso a la energía eléctrica para 2019, siguiendo la metodología de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. Establece la liquidación de obligaciones de pago y derechos de cobro, y deroga normas anteriores que se opongan a su contenido. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de peajes**: La Orden establece los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución para el año 2019, siguiendo la metodología de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. ⚠️ **Derogación normativa**: Se derogaron disposiciones anteriores, incluyendo artículos de la Orden ITC/3127/2011, para dar lugar a la nueva regulación. 📋 **Liquidación de obligaciones**: Una vez aprobadas las órdenes ministeriales de retribución, se liquidarán las obligaciones de pago o derechos de cobro. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Orden entró en vigor el 1 de enero de 2019, salvo la derogación que entró en vigor al publicarse en el BOE. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden TEC/1366/2018 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 20 de diciembre de 2018 - **Materias**: Sector eléctrico, peajes, retribución, costes regulados, liquidación de obligaciones - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden TEC/1366/2018, los peajes de acceso a la energía eléctrica estaban regulados en el marco de la normativa estatal, con competencia atribuida al Estado, tal como establecía la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico. Esta normativa se aplicaba uniformemente en todas las Comunidades Autónomas, a diferencia de los sistemas de regulación más descentralizados que existían en otros países de la UE. La importancia de esta orden radica en que establece una metodología clara para el cálculo y fijación anual de los peajes, garantizando transparencia y equidad en el acceso a las redes eléctricas, lo que contribuye a la eficiencia del mercado y a la protección de los consumidores.

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