Orden MinisterialNacionalvigente

Sentencia de la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, de fecha 19 de diciembre de 2018, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 1/120/2017, instado por Serviliano García, SA, contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016.

BOE-A-2019-857Publicada: 25/01/2019TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo, de fecha 19 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera, Sección Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Serviliano García, SA, contra la Orden IET/980/2016, reconociendo un mayor número de unidades posiciones con derecho a retribución. 2. **CONTEXTO** La demanda fue presentada por Serviliano García, SA, contra la Orden IET/980/2016, que establecía la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016. El recurso se centró en la determinación del número de unidades posiciones con derecho a retribución, cuestionando la cifra establecida en la orden ministerial. La Sala Tercera, Sección Tercera del Tribunal Supremo analizó la legalidad de dicha orden y emitió un fallo parcialmente favorable a la demandante. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 19 de diciembre de 2018, resuelve parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Serviliano García, SA, contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio de 2016, que establecía la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016. La Sala Tercera, Sección Tercera, estima el recurso en parte, reconociendo que el número de «unidades posiciones» con derecho a retribución asciende a 9, en lugar de las 6 consideradas en la Orden IET/980/2016, con las demás consecuencias que resulten procedentes. Este reconocimiento se basa en la interpretación de la normativa vigente aplicable a la regulación de las tarifas eléctricas y a la determinación de los criterios de retribución de las empresas de distribución. En concreto, la Sala considera que la Orden IET/980/2016 no ha aplicado correctamente los criterios establecidos en el Reglamento de los Servicios de Distribución de Energía Eléctrica (RD 1578/2008), en particular en lo referente a la determinación de las unidades posiciones. La Sala recuerda que el artículo 12 del RD 1578/2008 establece que las unidades posiciones se determinan en función del número de puntos de suministro y de la capacidad de los mismos, y que dicha determinación debe realizarse con base en los datos oficiales y en la normativa vigente. Además, la Sala señala que la Orden IET/980/2016 no ha considerado adecuadamente el criterio de proporcionalidad y equidad en la distribución de la retribución, lo cual es un requisito fundamental en la regulación de los servicios públicos. Por ello, se estima que la demandante tiene derecho a un mayor número de unidades posiciones con derecho a retribución, lo cual se traduce en una mayor compensación por parte del Estado. Por otro lado, la Sala desestima las demás pretensiones formuladas por la demandante, considerando que no se han acreditado suficientemente los daños y perjuicios derivados de la aplicación de la Orden IET/980/2016. Asimismo, no se impone especial imposición de las costas causadas, lo que significa que la parte demandante no tendrá que asumir las costas del procedimiento. La Sentencia se fundamenta en el derecho a la protección de los derechos económicos y sociales, así como en el principio de legalidad y de proporcionalidad, que deben regir en la regulación de los servicios públicos. La Sala reafirma que la Administración debe actuar con transparencia, imparcialidad y respeto a los derechos de los ciudadanos y empresas que prestan servicios públicos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Sala Tercera, Sección Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso de Serviliano García, SA, reconociendo un mayor número de unidades posiciones con derecho a retribución. Las demás pretensiones son desestimadas y no se impone especial imposición de costas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Estimación parcial del recurso**: La Sala reconoce un mayor número de unidades posiciones con derecho a retribución. ⚠️ **Desestimación de otras pretensiones**: La demandante no logra demostrar otros daños derivados de la Orden. 📋 **No imposición de costas**: La parte demandante no asumirá las costas del procedimiento. ℹ️ **Aplicación de criterios de proporcionalidad**: La Sala reafirma la importancia de la equidad en la regulación de servicios públicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 19 de diciembre de 2018 - **Materias**: Derecho administrativo, servicios públicos, energía eléctrica, retribuciones - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Supremo, recurso contencioso-administrativo, retribución, empresas de distribución eléctrica, unidades posiciones ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta sentencia, existían normas estatales y europeas que regulaban la retribución de las empresas de distribución eléctrica, pero no se establecía claramente el número de unidades posiciones con derecho a retribución. La Sentencia del Tribunal Supremo de 2018 introduce una comparativa entre el marco legal estatal y la normativa europea, destacando la importancia de garantizar una aplicación coherente y justa de las reglas de mercado en el sector energético, lo cual es crucial para la transparencia y la equidad en el sistema de tarifas eléctricas.

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