Orden MinisterialNacionalvigente

Sentencia de 27 de marzo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo 1/209/17, instado por Hidroeléctrica de Cataluña, SL, contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución de las empresas de energía eléctrica para el año 2016.

BOE-A-2019-6770Publicada: 08/05/2019TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 27 de marzo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Hidroeléctrica de Cataluña, S.L., contra la Orden IET/980/2016, declarando nula parte de su contenido y ordenando un recálculo de la retribución. 2. **CONTEXTO** El recurso fue presentado por Hidroeléctrica de Cataluña, S.L., contra la Orden IET/980/2016, que establecía la retribución de las empresas de energía eléctrica para el año 2016. La sentencia se dictó en el marco de un procedimiento contencioso-administrativo que abordaba la legalidad de dicha orden. La Sala Tercera del Tribunal Supremo analizó la nulidad de ciertos aspectos de la orden y la posibilidad de indemnización por daños. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 27 de marzo de 2019, resuelve parcialmente el recurso contencioso-administrativo 1/209/17, instado por Hidroeléctrica de Cataluña, S.L. La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima que la Orden IET/980/2016, de 10 de junio de 2016, es nula en lo relativo a la determinación del valor de la vida residual promedio, del porcentaje de financiación propia, así como del valor del coeficiente λ asignados a la empresa demandante. En concreto, el fallo señala que: > "Se declara la nulidad de la Orden IET/980/2016, en lo relativo a la determinación del valor de la vida residual promedio, del porcentaje de financiación propia, así como del valor del coeficiente λ asignados a la entidad mercantil Hidroeléctrica de Cataluña, S.L., ordenándose a la Administración demandada (en la actualidad, Ministerio de Transición Ecológica) que recalcule el valor de los conceptos retributivos en los términos fundamentados." Además, la sentencia reconoce el derecho de la empresa a ser indemnizada por los daños causados, basándose en el fundamento jurídico séptimo de la sentencia. El fallo establece que: > "Se reconoce el derecho de la entidad mercantil Hidroeléctica de Cataluña, S.L., a ser indemnizada por los daños causados conforme a lo expuesto en el fundamento jurídico séptimo de esta sentencia." En cuanto a las costas procesales, la Sala Tercera decide que no procede hacer expresa imposición de las costas causadas en el presente recurso contencioso-administrativo. La sentencia concluye con la notificación a las partes y la inserción en la colección legislativa. El fallo se firma por los magistrados Eduardo Espín Templado, José Manuel Bandrés Sánchez-Cruzat, Eduardo Calvo Rojas, María Isabel Perelló Doménech, José María del Riego Valledor, Diego Córdoba Castroverde y Ángel Ramón Arozamena Laso. La sentencia se fundamenta en el derecho administrativo, en particular en los principios de legalidad, proporcionalidad y debido proceso. La nulidad de la Orden IET/980/2016 se basa en la falta de fundamentación adecuada de ciertos parámetros retributivos, lo cual viola el derecho a la tutela judicial efectiva y el derecho a la propiedad. La indemnización se justifica como consecuencia de la nulidad y los daños derivados de la aplicación de una norma que no cumple con los requisitos legales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La sentencia declara nula parte de la Orden IET/980/2016 y ordena un recálculo de la retribución. La empresa demandante tiene derecho a indemnización por daños. No se imponen costas procesales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nulidad parcial de la Orden IET/980/2016** en aspectos retributivos. ⚠️ **Falta de fundamentación adecuada** en la determinación de ciertos parámetros. 📋 **Orden de recálculo de retribuciones** por parte de la Administración. ℹ️ **Derecho a indemnización** por daños causados por la norma nula. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 27 de marzo de 2019 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de la energía, derecho de la propiedad, derecho de los consumidores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Supremo, retribución eléctrica, nulidad, indemnización, energía, derecho administrativo ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Sentencia del Tribunal Supremo de 2019, la regulación de la retribución de las empresas eléctricas en España se basaba en órdenes estatales, como la Orden IET/980/2016, que establecían criterios uniformes sin considerar las particularidades de cada Comunidad Autónoma. Esta sentencia introduce un marco comparativo entre el derecho estatal y las normativas autonómicas, destacando la necesidad de adaptar las retribuciones a las características específicas de cada región, lo cual es relevante para garantizar la equidad y la justicia en el sector energético.

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