Orden MinisterialNacionalvigente

Sentencia de 26 de marzo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo número 1/73/17, instado por Saltos del Cabrera, SL, contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio, por la que se establece la retribución de las empresas de distribución de energía eléctrica para el año 2016.

BOE-A-2019-6354Publicada: 30/04/2019TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 26 de marzo de 2019, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que e ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Saltos del Cabrera, S.L., contra la Orden IET/980/2016, declarando nulo el coeficiente λibase y reconociendo el derecho a la diferencia retributiva. 2. **CONTEXTO** Saltos del Cabrera, S.L., empresa de distribución de energía eléctrica, interpuso un recurso contencioso-administrativo contra la Orden IET/980/2016, que establecía la retribución para el año 2016. La empresa alegó que el cálculo del coeficiente λibase era ilegal. El Tribunal Supremo analizó la legalidad del coeficiente y emitió una sentencia en marzo de 2019. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo, dictada por la Sala Tercera (Sección Tercera), resuelve parcialmente el recurso interpuesto por Saltos del Cabrera, S.L., contra la Orden IET/980/2016, de 10 de junio de 2016. La Sala declara nulo el coeficiente λibase que la Orden establece para dicha empresa, argumentando que la metodología utilizada para su cálculo excluía activos necesarios para el ejercicio de la actividad de distribución, distintos de los activos eléctricos. En consecuencia, la Administración debe calcular el coeficiente λibase aplicando la metodología sustitutiva de la que fue en parte declarada nula por sentencia firme (Anexo VII de la Orden IET/2660/2015). Además, la Sala reconoce el derecho de la demandante a que se le abone la diferencia retributiva que resulte de aplicar dicha metodología sustitutiva, así como los intereses correspondientes computados desde el 1 de enero de 2016. Las demás pretensiones formuladas por la demandante son desestimadas. Finalmente, se establece que no se imponen costas procesales a ninguna de las partes. La decisión se fundamenta en el derecho a la igualdad y a la no discriminación, así como en el derecho a la protección de los derechos económicos y sociales. La Sala considera que la metodología utilizada en la Orden IET/980/2016 viola el principio de no discriminación al no considerar adecuadamente los activos necesarios para el ejercicio de la actividad de distribución, lo cual afecta la justicia retributiva. Por otro lado, la Sala reconoce la necesidad de aplicar una metodología alternativa que garantice una retribución justa y equitativa, conforme a los principios establecidos en el derecho europeo y nacional. En cuanto a la metodología sustitutiva, la Sala se refiere al Anexo VII de la Orden IET/2660/2015, que establece una forma alternativa de cálculo del coeficiente λibase. Esta metodología fue en parte declarada nula por una sentencia firme, lo que implica que su aplicación no está completamente validada, pero sí puede utilizarse como alternativa para garantizar la legalidad del cálculo retributivo. La Sala considera que su aplicación es necesaria para corregir la irregularidad detectada en la Orden IET/980/2016. La sentencia también establece que la Administración debe abonar a Saltos del Cabrera, S.L., la diferencia retributiva que resulte de aplicar dicha metodología sustitutiva, junto con los intereses correspondientes desde el 1 de enero de 2016. Esta decisión refleja el compromiso del Tribunal con la protección de los derechos de las empresas de distribución de energía eléctrica, garantizando que su retribución sea justa y conforme a la normativa vigente. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La sentencia declara nulo el coeficiente λibase de la Orden IET/980/2016 y reconoce el derecho a la diferencia retributiva. Las demás pretensiones son desestimadas. No se imponen costas procesales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nulidad del coeficiente λibase**: La Sala declara nulo el coeficiente λibase establecido en la Orden IET/980/2016. ⚠️ **Metodología sustitutiva**: Se aplica la metodología de cálculo sustitutiva de la que fue en parte declarada nula. 📋 **Derecho a la diferencia retributiva**: La empresa tiene derecho al abono de la diferencia retributiva y a los intereses correspondientes. ℹ️ **No imposición de costas**: No se imponen costas procesales a ninguna de las partes. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 26 de marzo de 2019 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de energía, derecho de la empresa - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Sentencia del Tribunal Supremo de 2019, las empresas de distribución de energía eléctrica en España se regían por normas estatales y comunitarias que establecían retribuciones basadas en coeficientes como el λibase, sin una regulación específica que contemplara activos no eléctricos. Esta situación contrastaba con el marco regulatorio de las Comunidades Autónomas, que en algunos casos permitían una mayor flexibilidad en la determinación de retribuciones. La importancia de esta sentencia radica en que estableció un criterio jurisprudencial que exigía una metodología más completa en el cálculo de retribuciones, garantizando un trato más justo y equitativo para las empresas de distribución.

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